Decreto exento número 62, de 2024.- Fija precios de referencia y paridad para kerosene doméstico
Número de registro | CVE-2469640 |
Fecha de publicación | 20 Marzo 2024 |
Sección | Normas Generales |
Emisor | MINISTERIO DE ENERGÍA |
Número de Gaceta | 43.806 |
CVE 2469640 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.806 | Miércoles 20 de Marzo de 2024 | Página 1 de 1
Normas Generales
CVE 2469640
MINISTERIO DE ENERGÍA
FIJA PRECIOS DE REFERENCIA Y PARIDAD PARA KEROSENE DOMÉSTICO
Núm. 62 exento.- Santiago, 19 de marzo de 2024.
Vistos:
Lo dispuesto en el DL Nº 2.224, de 1978, del Ministerio de Minería, que crea el Ministerio
de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en la ley Nº 19.030 y sus modificaciones, en
especial las introducidas por la ley Nº 20.493; en el decreto supremo Nº 211, de 2000, que
Aprueba nuevo Reglamento de la ley Nº 19.030, que crea Fondo de Estabilización de Precios del
Petróleo, modificado por decreto supremo Nº 97, de 2009, ambos del Ministerio de Minería; en
el oficio ordinario Nº 191/2024, de 2024, de la Comisión Nacional de Energía, en el cual informa
al tenor de lo establecido en los artículos 6º y 7º del referido Reglamento, y en la resolución Nº 7,
de 2019, de la Contraloría General de la República.
Decreto:
1.- Fíjanse los Precios de Referencia y de Paridad para Kerosene Doméstico:
2.- Los precios establecidos en el numeral precedente entrarán en vigencia el día jueves 21
de marzo de 2024.
Anótese, publíquese y archívese.- Por orden del Presidente de la República, Diego Pardow
Lorenzo, Ministro de Energía.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., María Fernanda Riveros
Inostroza, Jefa División Jurídica, Subsecretaría de Energía.
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