Decreto exento número 59, de 2023.- Modifica decreto Nº 2.516 exento, de 2007, que Fija Normas Básicas del Proceso de Titulación de los Alumnos y Alumnas de Enseñanza Media Técnico-Profesional - 8 de Febrero de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 922517815

Decreto exento número 59, de 2023.- Modifica decreto Nº 2.516 exento, de 2007, que Fija Normas Básicas del Proceso de Titulación de los Alumnos y Alumnas de Enseñanza Media Técnico-Profesional

Fecha de publicación08 Febrero 2023
Número de registroCVE-2267615
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Número de Gaceta43.472
CVE 2267615 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.472 | Miércoles 8 de Febrero de 2023 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2267615
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Subsecretaría de Educación
MODIFICA DECRETO Nº 2.516 EXENTO, DE 2007, DEL MINISTERIO DE
EDUCACIÓN, QUE FIJA NORMAS BÁSICAS DEL PROCESO DE TITULACIÓN DE
LOS ALUMNOS Y ALUMNAS DE ENSEÑANZA MEDIA TÉCNICO-PROFESIONAL
Núm. 59 exento.- Santiago, 27 de enero de 2023.
Visto:
Lo dispuesto en la ley Nº 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación; en la ley Nº
19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los
Órganos Administrativos del Estado; en el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2009, del
Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº
20.370 con las normas no derogadas del decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005; en el decreto
con fuerza de ley Nº 2, de 1998, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del
decreto con fuerza de ley Nº 2, de 1996, sobre Subvención del Estado a Establecimientos
Educacionales; en el decreto supremo Nº 452, de 2013, del Ministerio de Educación, que
Establece las Bases Curriculares para la Educación Media Formación Diferenciada
Técnico-Profesional; en el decreto supremo Nº 193, de 2019, del Ministerio de Educación que
Aprueba las Bases Curriculares para los Cursos de 3º y 4º año de Educación Media en
Asignaturas que indica; en el decreto exento Nº 2.516, de 2007, del Ministerio de Educación, que
Fija Normas Básicas del Proceso de Titulación de los Alumnos y Alumnas de Enseñanza Media
Técnico-Profesional; en los decretos exentos Nº 546, de 2020, y Nº 1.500, de 2021, ambos del
Ministerio de Educación; en el decreto Nº 67, de 2018, del Ministerio de Educación, que
Aprueba Normas Mínimas Nacionales sobre Evaluación, Calificación y Promoción y deroga
normas que indica; en los decretos Nº 954, de 2015, Nº 876, de 2019, y Nº 496, de 2020, todos
del Ministerio de Educación; en los oficios ordinarios Nº 87, de diciembre de 2022, y Nº 4, de
enero de 2023, ambos del Secretario Ejecutivo de Educación Media Técnico-Profesional; en la
resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
Que, la Educación Media Técnico-Profesional corresponde a una de las tres formaciones
diferenciadas de la enseñanza media, según lo establecido en el artículo 20 del decreto con fuerza
de ley Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, en adelante Ley General de Educación;
Que, la formación diferenciada Técnico-Profesional se desarrolla, durante 3º y 4º año de la
educación media, articulando el aprendizaje propio del nivel con el dominio de competencias
propias de una especialidad, según los perfiles de egreso que se establecen en las Bases
Curriculares de la Formación Diferenciada Técnico-Profesional, según da cuenta el decreto
supremo Nº 452, de 2013, del Ministerio de Educación;
Que, las citadas Bases Curriculares, estipulan que a un alumno egresado se le otorgará el
título de Técnico de Nivel Medio, por parte del Ministerio de Educación, con el cumplimiento de
las exigencias establecidas en las mismas Bases Curriculares y con la práctica profesional, según
lo establecido en el decreto exento Nº 2.516, de 2007, del Ministerio de Educación;
Que, durante los años 2020 y 2021, conforme el Estado de Excepción Constitucional de
Catástrofe por Calamidad Pública, decretado en el país, que conllevó, entre otras medidas, la
suspensión de las clases presenciales en todos los jardines infantiles y establecimientos
educacionales del país hasta que las condiciones sanitarias permitieran el levantamiento de esta

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