Decreto exento número 488, de 2022.- Rectifica decreto N° 946 exento, de 2017, que modificó concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada para la localidad de Punta Arenas - 29 de Julio de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 908107831

Decreto exento número 488, de 2022.- Rectifica decreto N° 946 exento, de 2017, que modificó concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada para la localidad de Punta Arenas

Fecha de publicación29 Julio 2022
Número de registroCVE-2164095
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Número de Gaceta43.314
CVE 2164095 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.314 | Viernes 29 de Julio de 2022 | Página 1 de 2
Normas Particulares
CVE 2164095
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Subsecretaría de Telecomunicaciones
RECTIFICA DECRETO QUE MODIFICÓ CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN
SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE PUNTA
ARENAS
Santiago, 6 de julio de 2022.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 488 exento.
Vistos:
a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en
adelante, la Subsecretaría;
b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas
sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo N° 126, de 1997 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes
y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) La resolución exenta N° 479, de 1999 y sus modificaciones, de la Subsecretaría, que fija
norma técnica para el servicio de radiodifusión sonora;
f) El decreto supremo N° 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones;
g) El decreto supremo N° 543, de 22.12.1997, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, que otorgó la concesión; y
h) El decreto exento N° 946, de 05.12.2017, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, que modificó la concesión.
Considerando:
a) La solicitud de rectificación ingreso Subtel N° 158.055, de 21.09.2021, y
b) Lo dispuesto en el artículo 62° de la ley N° 19.880; y, en uso de mis atribuciones legales,
dicto lo siguiente.
Decreto:
1. Rectifícase, en el punto 3. del decreto exento N° 946, de 05.12.2017, mencionado en la
letra h) de los Vistos, que modificó la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia
modulada, para la localidad de Punta Arenas, Región de Magallanes y de la Antártica Chilena,
señal distintiva XQD-209, cuyo titular es sociedad Fast Net Comunicaciones S.A., RUT N°
96.770.070-3, con domicilio en Eliodoro Yáñez N° 1783, comuna de Providencia, Región
Metropolitana de Santiago, en el sentido que la dirección de la planta transmisora es Reserva
Forestal Magallanes, comuna de Punta Arenas, Región de Magallanes y de la Antártica Chilena y
no como allí se indica.
2. El presente decreto de rectificación deberá publicarse en el Diario Oficial, dentro del
plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la concesionaria. La no publicación de
éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo
ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el
inciso final del artículo 23º de la ley.
3. Es obligación de la concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones
de la ley, sus reglamentos, normas técnicas y sus respectivas modificaciones, en lo que le sean
aplicables.

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