Decreto exento número 45, de 2021.- Modifica decreto N°23 exento, de 2021, que dispone vacunación obligatoria contra influenza para el año 2021 a grupo de población que indica y resolución N° 348 exenta, de 2021, que aprueba los lineamientos técnico-operativos vacunación antiinfluenza 2021 - 15 de Septiembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875708995

Decreto exento número 45, de 2021.- Modifica decreto N°23 exento, de 2021, que dispone vacunación obligatoria contra influenza para el año 2021 a grupo de población que indica y resolución N° 348 exenta, de 2021, que aprueba los lineamientos técnico-operativos vacunación antiinfluenza 2021

Fecha de publicación15 Septiembre 2021
Número de registroCVE-2009747
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Número de Gaceta43.055
CVE 2009747 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.055 | Miércoles 15 de Septiembre de 2021 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 2009747
MINISTERIO DE SALUD
Subsecretaría de Salud Pública
MODIFICA DECRETO N°23 EXENTO QUE DISPONE VACUNACIÓN
OBLIGATORIA CONTRA INFLUENZA PARA EL AÑO 2021 A GRUPO DE
POBLACIÓN QUE INDICA Y RESOLUCIÓN N°348 EXENTA QUE APRUEBA LOS
LINEAMIENTOS TÉCNICO OPERATIVOS VACUNACIÓN ANTIINFLUENZA 2021
Núm. 45 exento.- Santiago, 7 de septiembre de 2021.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 1, 2 y 32 del Código Sanitario, aprobado por DFL N° 725, de
1967, del Ministerio de Salud; en los artículos 1, 4 y 7 del DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de
Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 2.763, de 1979, y de las
leyes N° 18.933 y 18.469; en el decreto exento N° 6, de 2010, del Ministerio de Salud, que
Dispone Vacunación Obligatoria contra Enfermedades Inmunoprevenibles de la Población del
País; en el memorándum B27/N°651, de 3 de agosto de 2021, de la División de Prevención y
Control de Enfermedades; en el N° 2 del decreto N° 72, de 2004, del Ministerio de Salud; en el
decreto exento N°23, de 2021, del Ministerio de Salud; en la resolución exenta N°348, de 2021,
de la Subsecretaría de Salud Pública; en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General
de la República; y
Considerando:
1° Que, el artículo 32 inciso 1° del Código Sanitario dispone que el Ministerio de Salud
tendrá a su cargo la vacunación de los habitantes contra las enfermedades transmisibles,
agregando, en su inciso 2°, que el Presidente de la República, a propuesta del Director de Salud,
podrá declarar obligatoria la vacunación de la población contra las enfermedades transmisibles
para las cuales existan procedimientos eficaces de inmunización.
2° Que, en virtud de lo anterior, este Ministerio dictó el decreto exento N° 6, de 2010, que
Dispone la Vacunación Obligatoria contra Enfermedades Inmunoprevenibles de la Población del
país, cuyo numeral 12 se refiere a la Influenza y cuya población objetivo será determinada según
estrategia epidemiológica anual.
3° Que, la Influenza es una enfermedad respiratoria aguda de origen viral, considerada un
problema de salud pública por su elevado potencial epidémico, que se traduce en aumentos de la
demanda de atención ambulatoria y hospitalaria y aumento de morbimortalidad. El potencial
epidémico de esta enfermedad se asocia a su alta transmisibilidad, su variabilidad antigénica y la
posibilidad de intercambio genético entre los virus de origen humano y animal.
4° Que, a raíz de lo anterior, mediante el decreto exento N°23, de 29 de marzo de 2021, del
Ministerio de Salud, se fijó la población objetivo para la vacunación obligatoria contra esta
enfermedad que regirá durante el año 2021.
5° Que, con fecha 15 de abril de 2021, mediante la resolución 348 de la Subsecretaría de
Salud Pública, se aprobaron los "Lineamientos Técnico Operativos Vacunación Antiinfluenza
2021".
6° Que, la evidencia científica actual sostiene que:
6.1.- La reducción de la transmisión viral es el enfoque más eficaz para minimizar
morbilidad y mortalidad por Influenza. Incorporar la vacunación a niños en edad escolar, grupo
etario con tasas de transmisión muy elevada, confiere protección indirecta a toda la población.

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