Decreto exento número 39, de 2023.- Cambia titularidad de la empresa adjudicataria de los derechos y condiciones de ejecución y explotación de las obras nuevas que indica, y titularidad de la construcción y ejecución de las obras de ampliación que indica, fijados en el decreto Nº 15T, de 2021 - 10 de Marzo de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 924509220

Decreto exento número 39, de 2023.- Cambia titularidad de la empresa adjudicataria de los derechos y condiciones de ejecución y explotación de las obras nuevas que indica, y titularidad de la construcción y ejecución de las obras de ampliación que indica, fijados en el decreto Nº 15T, de 2021

Fecha de publicación10 Marzo 2023
Número de registroCVE-2283196
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Número de Gaceta43.498
CVE 2283196 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.498 | Viernes 10 de Marzo de 2023 | Página 1 de 4
Normas Particulares
CVE 2283196
MINISTERIO DE ENERGÍA
CAMBIA TITULARIDAD DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA DE LOS DERECHOS
Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LAS OBRAS NUEVAS QUE
INDICA, Y TITULARIDAD DE LA CONSTRUCCIÓN Y EJECUCIÓN DE LAS OBRAS
DE AMPLIACIÓN QUE INDICA, FIJADOS EN EL DECRETO SUPREMO Nº 15T, DE
2021, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA
Núm. 39 exento.- Santiago, 22 de febrero de 2023.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 35 del decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio
Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la
Constitución Política de la República; en el decreto ley Nº 2.224, de 1978, del Ministerio de
Minería, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en la ley Nº
19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los
órganos de la Administración del Estado, en adelante "LBPA"; en el decreto con fuerza de ley Nº
4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija texto
refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 1, de Minería, de 1982,
Ley General de Servicios Eléctricos, y sus modificaciones posteriores, en adelante "LGSE"; en el
decreto exento Nº 418, de 2017, del Ministerio de Energía, que fija listado de instalaciones de
transmisión zonal de ejecución obligatoria, necesarias para el abastecimiento de la demanda; en
el decreto exento Nº 293, de 2018, del Ministerio de Energía, que fija obras de ampliación de los
sistemas de transmisión nacional y zonal que deben iniciar su proceso de licitación en los doce
meses siguientes, correspondientes al Plan de Expansión del año 2017, en adelante "Decreto
Exento Nº 293"; en el decreto exento Nº 4, de 2019, del Ministerio de Energía, que fija obras
nuevas de los sistemas de transmisión nacional y zonal que deben iniciar su proceso de licitación
o estudio de franja, según corresponda, en los doce meses siguientes, del Plan de Expansión del
año 2017, en adelante "Decreto Exento Nº 4"; en el decreto exento Nº 198, de 2019, del
Ministerio de Energía, que fija obras de ampliación de los sistemas de transmisión nacional y
zonal que deben iniciar su proceso de licitación en los doce meses siguientes, correspondientes al
plan de expansión del año 2018, en adelante "Decreto Exento Nº 198"; en el decreto exento Nº
171, de 2020, del Ministerio de Energía, que fija obras de ampliación de los sistemas de
transmisión nacional y zonal que deben iniciar su proceso de licitación en los doce meses
siguientes, correspondientes al Plan de Expansión del año 2019, en adelante "Decreto Exento Nº
171"; en el decreto exento Nº 185, de 2020, del Ministerio de Energía, que fija obras nuevas de
los sistemas de transmisión nacional y zonal que deben iniciar su proceso de licitación o estudio
de franja, según corresponda, en los doce meses siguientes, del Plan de Expansión del año 2019,
en adelante "Decreto Exento Nº 185"; en las Bases de Licitación para la adjudicación de los
derechos a la explotación de obras nuevas fijadas por decreto exento Nº 185/2020 y los derechos
de construcción de las obras de ampliación fijadas por decreto exento Nº 171/2020, ambos del
Ministerio de Energía, en adelante "Bases de Licitación" o las "Bases"; en lo informado en la
carta DE 05675-21, de fecha 15 de noviembre de 2021, del Coordinador Eléctrico Nacional; en
el decreto supremo Nº 15T, de 2021, del Ministerio de Energía, que fija derechos y condiciones
de ejecución y explotación y fija empresas adjudicatarias de la construcción y ejecución de las
obras contempladas en los decretos exentos Nº 418 de 2017, Nº 293 de 2018, Nº 4 de 2019, Nº
171, de 2020 y Nº 185, de 2020, todos del Ministerio de Energía, en adelante "Decreto Nº 15T";
lo señalado en carta EEC Nº 01/22, de fecha 28 de marzo de 2022, de las empresas Besalco S.A.,
en adelante "Besalco", y Empresa Eléctrica Cordillera SpA; lo señalado en carta Nº 238/2022, de
15 de septiembre de 2022, del Ministerio de Energía; lo señalado en carta EEC Nº 19/22, de

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