Decreto exento número 346, de 2022.- Modifica concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada para la localidad de Longaví - 9 de Julio de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 907253000

Decreto exento número 346, de 2022.- Modifica concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada para la localidad de Longaví

Fecha de publicación09 Julio 2022
Número de registroCVE-2153564
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Número de Gaceta43.298
CVE 2153564 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.298 | Sábado 9 de Julio de 2022 | Página 1 de 2
Normas Particulares
CVE 2153564
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Subsecretaría de Telecomunicaciones
MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA
MODULADA, PARA LA LOCALIDAD DE LONGAVÍ
Santiago, 3 de junio de 2022.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 346 exento.
Vistos:
a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en
adelante la Subsecretaría;
b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas
sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
d) El decreto supremo N° 126, de 1997, y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes
y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
e) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones;
f) El decreto supremo N° 13, de 09.02.2018, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y su modificación posterior.
Considerando:
a) La resolución exenta N° 922, de 28.03.2022, que autorizó previamente la transferencia;
b) El instrumento de fecha 01.04.2022, rectificado por instrumento de fecha 05.05.2022;
c) La solicitud de modificación, por cambio de titular de la concesión, ingreso Subtel N°
67.747, de 13.04.2022, complementada mediante ingresos N° 76.620, de 27.04.2022 y N°
88.588, de 12.05.2022; y, en uso de mis atribuciones.
Decreto:
1. Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva
XQC-671, para la localidad de Longaví, Región del Maule, cuyo titular es Comunicaciones e
Inversiones Santa María Limitada, RUT N° 76.023.875-9, según consta en el decreto supremo
indicado en la letra f) de los Vistos, en el sentido que su nuevo titular es la sociedad Rayse
Comunicaciones SpA, RUT N° 76.484.687-7, con domicilio en Humberto Díaz-Casanueva N°
244, Villa Pablo Neruda, comuna de Longaví, Región del Maule.
2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas
responsabilidades que su antecesor en la concesión.
3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo
de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la nueva concesionaria. La no publicación de
éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo
ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el
inciso final del artículo 23° de la ley.
4. Es obligación de la nueva concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las
disposiciones de la ley, Reglamentos, Normas Técnicas y modificaciones, en lo que le sean
aplicables.

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