Decreto exento número 270, de 2021.- Aprueba nuevo Reglamento del Servicio de Bienestar del Servicio de Salud Viña del Mar - Quillota, y deroga reglamento contenido en decreto N° 154, de 1996 - 4 de Abril de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 900224475

Decreto exento número 270, de 2021.- Aprueba nuevo Reglamento del Servicio de Bienestar del Servicio de Salud Viña del Mar - Quillota, y deroga reglamento contenido en decreto N° 154, de 1996

Fecha de publicación04 Abril 2022
Número de registroCVE-2109189
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Número de Gaceta43.220
CVE 2109189 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.220 | Lunes 4 de Abril de 2022 | Página 1 de 5
Normas Particulares
CVE 2109189
MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Subsecretaría de Previsión Social
APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO DEL SERVICIO DE BIENESTAR DEL
SERVICIO DE SALUD VIÑA DEL MAR - QUILLOTA, Y DEROGA EL
REGLAMENTO CONTENIDO EN EL D.S. N°154, DE 1996, DEL MINISTERIO DEL
TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Núm. 270 exento.- Santiago, 17 de noviembre de 2021.
Vistos:
Lo dispuesto en las leyes N°s. 11.764, en el artículo 134; 16.395, en el artículo 24, y 17.538,
artículo único; en el DS N°28, de 1994 y en el DS N°154, de 1996, ambos del Ministerio del
Trabajo y Previsión Social; en el DS N°19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia; lo informado por la Superintendencia de Seguridad Social; la facultad que me
confiere el artículo 32 N°6 de la Constitución Política de la República de Chile, y la resolución
N°7, de 26 de marzo de 2019, de la Contraloría General de la República; en el DS N°271, de
2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al Ministro de Salud, y el
DS N°87, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al Ministro del
Trabajo y Previsión Social, dicto el siguiente:
Decreto:
Derógase el Reglamento del Servicio de Bienestar del Servicio de Salud de Viña del Mar -
Quillota, contenido en el DS N°154, de 1996, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social,
y apruébase el Reglamento del Servicio de Bienestar de dicha entidad, cuyo texto es el siguiente:
TÍTULO I
Del Servicio de Bienestar
Artículo 1°: El Servicio de Bienestar del Servicio de Salud Viña del Mar-Quillota, en
adelante "El Servicio", se regirá por el artículo 134 de la ley N° 11.764, la ley N° 17.538, el
artículo 24 de la ley N° 16.395, el DS N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión
Social, en adelante "el Reglamento General" y por el presente Reglamento.
Artículo 2°: El Servicio tendrá por finalidad proporcionar a sus afiliados y cargas
familiares reconocidas, en la medida que sus recursos lo permitan, asistencia médica, económica
y social. Fomentar actividades tendientes a mejorar la calidad de vida y otorgar las demás
prestaciones que se indican en el presente Reglamento.
TÍTULO II
De la afiliación y desafiliación
Artículo 3°: Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7° del Reglamento General, podrán
afiliarse al Servicio las personas que, respecto de la institución a la cual este pertenece, tengan la
calidad de funcionarios de planta (titular y/o suplente) o contrata y aquellos que hayan jubilado
siendo funcionarios de dicha Institución.

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