Decreto exento número 261, de 2020.- Regulariza y aprueba el traspaso del personal que se individualiza, desde las Corporaciones Municipales de Macul y San Joaquín al Servicio Local de Gabriela Mistral, según lo dispuesto en el artículo trigésimo noveno transitorio de la ley N° 21.040 - 30 de Mayo de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 874724088

Decreto exento número 261, de 2020.- Regulariza y aprueba el traspaso del personal que se individualiza, desde las Corporaciones Municipales de Macul y San Joaquín al Servicio Local de Gabriela Mistral, según lo dispuesto en el artículo trigésimo noveno transitorio de la ley N° 21.040

Número de registroCVE-1767201
Fecha de publicación30 Mayo 2020
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Número de Gaceta42.668
CVE 1767201 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.668 | Sábado 30 de Mayo de 2020 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 1767201
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Subsecretaría de Educación
REGULARÍZASE Y APRUÉBASE EL TRASPASO DEL PERSONAL QUE SE
INDIVIDUALIZA, DESDE LAS CORPORACIONES MUNICIPALES DE MACUL Y
SAN JOAQUÍN AL SERVICIO LOCAL DE GABRIELA MISTRAL, SEGÚN LO
DISPUESTO EN EL ARTÍCULO TRIGÉSIMO NOVENO TRANSITORIO DE LA LEY
N° 21.040
Núm. 261 exento.- Santiago, 6 de abril de 2020.
Visto:
Lo dispuesto en la ley N° 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación; en la ley N°
21.040, que Crea el Sistema de Educación Pública; en el DFL N° 68, de 2018, del Ministerio de
Educación, que Fija Planta de Personal del Servicio Local de Educación Pública de Gabriela
Mistral y Otras Materias que Indica; en el decreto N° 72, de 2018, del Ministerio de Educación,
que Fija Denominación, Ámbito de Competencia Territorial, Domicilio y Calendario de
Instalación con las fechas en que iniciarán Funciones los Servicios Locales de Educación Pública
que indica; en los decretos N os 50 y 51, ambos de 2019, del Ministerio de Educación, que
regularizan y aprueban el traspaso del personal que se individualiza desde las municipalidades
que se indican a los Servicios Locales de Educación de Huasco y Costa Araucanía,
respectivamente; en el oficio ordinario N° 165, de 2020, de la Dirección de Educación Pública y,
en la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre
exención del trámite de toma de razón, de las Materias de Personal que se indican.
Considerando:
Que, el Ministerio de Educación, es la Secretaría de Estado encargada de fomentar el
desarrollo de la educación en todos sus niveles y le corresponden especialmente las funciones de
proponer y evaluar las políticas y los planes de desarrollo educacional y cultural.
Que, el artículo 1°, inciso 2° de la ley N° 18.956, que Reestructura el Ministerio de
Educación, precisa que es deber del Estado proveer mediante el sistema integrado por los
establecimientos educacionales de su propiedad, una educación gratuita y de calidad.
Que, en dicho contexto normativo, con fecha 24 de noviembre de 2017, se publicó en el
Diario Oficial, la Ley N° 21.040, que Crea el Sistema de Educación Pública, estableciendo en su
artículo cuarto transitorio, el traspaso del servicio educacional que prestan las municipalidades,
directamente o a través de las corporaciones municipales creadas bajo el amparo del DFL
1-3.063, de 1980, del Ministerio del Interior, a los Servicios Locales de Educación Pública
creados de conformidad al artículo 16 de esta ley, en la oportunidad, forma y condiciones
establecidas en los artículos transitorios pertinentes.
Que, por otra parte, de conformidad con lo establecido por los artículos 16, quinto y sexto
transitorios, todos de la ley N° 21.040, se dictó el decreto N° 72, de 2018, del Ministerio de
Educación, mediante el cual se fijó la denominación, ámbito de competencia territorial, domicilio
y calendario de instalación, con indicación de las fechas en que iniciarán sus funciones los
Servicios Locales de Educación Pública de Chinchorro, Gabriela Mistral y Andalién Sur. El
referido acto administrativo dispuso que el Servicio Local de Educación Pública de Gabriela
Mistral iniciare sus funciones con fecha 3 de enero del año 2019.
Que, como consecuencia de lo anterior y según lo establece el artículo octavo transitorio,
inciso primero, de la ley N° 21.040, el 1 de enero del año siguiente a la fecha de entrada en
funcionamiento de un Servicio Local, se le traspasará, por el solo ministerio de la ley, el servicio

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