Decreto exento número 244, de 2021.- Fija precios de referencia y paridad para kerosene doméstico - 24 de Noviembre de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 878506548

Decreto exento número 244, de 2021.- Fija precios de referencia y paridad para kerosene doméstico

Número de registroCVE-2046973
Fecha de publicación24 Noviembre 2021
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Número de Gaceta43.111
CVE 2046973 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.111 | Miércoles 24 de Noviembre de 2021 | Página 1 de 1
Normas Generales
CVE 2046973
MINISTERIO DE ENERGÍA
FIJA PRECIOS DE REFERENCIA Y PARIDAD PARA KEROSENE DOMÉSTICO
Núm. 244 exento.- Santiago, 23 de noviembre de 2021.
Vistos:
Lo dispuesto en el DL Nº 2.224, de 1978, del Ministerio de Minería, que crea el Ministerio
de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en la ley Nº 19.030 y sus modificaciones, en
especial las introducidas por la ley Nº 20.493; en el decreto supremo Nº 211, de 2000, que
Aprueba nuevo Reglamento de la Ley Nº 19.030, que crea Fondo de Estabilización de Precios
del Petróleo, modificado por decreto supremo Nº 97, de 2009, ambos del Ministerio de Minería;
en el oficio ordinario Nº 837, de 2021, de la Comisión Nacional de Energía, en el cual informa al
tenor de lo establecido en los artículos 6º y 7º del referido Reglamento; y en la resolución Nº 7,
de 2019, de la Contraloría General de la República.
Decreto:
1.- Fíjanse los Precios de Referencia y de Paridad para Kerosene Doméstico:
Precios de Referencia
Precio de Paridad
(en dólares de los Estados Unidos de
América/m3)
Inferior Intermedio Superior
(todos en dólares de los Estados Unidos de
América/m3)
516,50 590,30 664,10
638,83
2.- Los precios establecidos en el numeral precedente entrarán en vigencia el día jueves 25
de noviembre de 2021.
Anótese, publíquese y archívese.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos
Jobet Eluchans, Ministro de Energía.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Olvido García
Rodríguez, Jefa División Jurídica (S), Subsecretaría de Energía.

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