Decreto exento número 240, de 2021.- Fija los rubros especiales afectados por la pandemia provocada por el Covid-19, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 11 de la ley Nº 21.354, que otorga bonos de cargo fiscal para apoyar a las micro y pequeñas empresas, por la crisis generada por la enfermedad Covid-19 - 23 de Junio de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 869556959

Decreto exento número 240, de 2021.- Fija los rubros especiales afectados por la pandemia provocada por el Covid-19, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 11 de la ley Nº 21.354, que otorga bonos de cargo fiscal para apoyar a las micro y pequeñas empresas, por la crisis generada por la enfermedad Covid-19

Número de registroCVE-1966715
Fecha de publicación23 Junio 2021
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Número de Gaceta42.985
CVE 1966715 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.985 | Miércoles 23 de Junio de 2021 | Página 1 de 4
Normas Generales
CVE 1966715
MINISTERIO DE HACIENDA
FIJA LOS RUBROS ESPECIALES AFECTADOS POR LA PANDEMIA PROVOCADA
POR EL COVID-19, DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 11 DE
LA LEY Nº 21.354, QUE OTORGA BONOS DE CARGO FISCAL PARA APOYAR A
LAS MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS, POR LA CRISIS GENERADA POR LA
ENFERMEDAD COVID-19
Núm. 240 exento.- Santiago, 22 de junio de 2021.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República de
Chile; en el D.F.L. Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que
fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de
Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.880, que Establece bases de
los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del
Estado; en la Ley Nº 21.354, que Otorga bonos de cargo fiscal para apoyar a las micro y
pequeñas empresas, por la crisis generada por la enfermedad Covid-19; en el decreto supremo Nº
31, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y en la resolución Nº 7, de 2019, de
la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que, como es de público conocimiento, desde diciembre de 2019 y hasta la fecha, se ha
producido un brote mundial del virus denominado coronavirus-2 del síndrome respiratorio agudo
grave (SARS-CoV-2) que produce la enfermedad del coronavirus 2019 o Covid-19.
2. Que, la situación descrita precedentemente ha afectado la salud de las personas y ha
provocado daños de consideración en sus bienes, situación que se ha ido agravando conforme se
ha ido expandiendo el virus y que ha significado que deba adoptarse una serie de medidas
excepcionales para proteger la salud de la población.
3. Que, con ocasión de todo lo anterior, se ha generado una paralización o una drástica
reducción en las faenas o trabajos de millones de trabajadores, lo que ha ocasionado una
disminución de los ingresos de las familias e incluso la pérdida de empleos. Asimismo, la
contingencia ha afectado a las empresas de nuestro país, especialmente a las de menor tamaño,
las que se han visto afectadas en el normal desarrollo de sus negocios y sus niveles de venta,
liquidez y capital de trabajo.
4. Que, con fecha 17 de junio de 2021, se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 21.354, que
Otorga bonos de cargo fiscal para apoyar a las micro y pequeñas empresas, por la crisis generada
por la enfermedad Covid-19. Esta ley establece, en su artículo 1º y entre otros beneficios, un
bono de alivio a micro y pequeñas empresas de cargo fiscal, por una sola vez, ascendente a la
suma de $1.000.000.- (un millón de pesos), para las personas naturales y jurídicas que hayan
informado inicio de actividades en primera categoría ante el Servicio de Impuestos Internos al 31
de marzo de 2020, estén o no exentas del pago del Impuesto al Valor Agregado, y que cumplan
con los siguientes requisitos copulativos:

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