Decreto exento número 144, de 2021.- Aumenta la dotación de cupos de personal a honorarios de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, con cargo a la disminución en la dotación de cupos de personal a honorarios de la Subsecretaría de Obras Públicas - 10 de Junio de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 868838443

Decreto exento número 144, de 2021.- Aumenta la dotación de cupos de personal a honorarios de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, con cargo a la disminución en la dotación de cupos de personal a honorarios de la Subsecretaría de Obras Públicas

Número de registroCVE-1957953
Fecha de publicación10 Junio 2021
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Número de Gaceta42.975
CVE 1957953 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.975 | Jueves 10 de Junio de 2021 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 1957953
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
AUMENTA LA DOTACIÓN DE CUPOS DE PERSONAL A HONORARIOS DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE CONCESIONES DE OBRAS PÚBLICAS, CON CARGO A
LA DISMINUCIÓN EN LA DOTACIÓN DE CUPOS DE PERSONAL A HONORARIOS
DE LA SUBSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Núm. 144 exento.- Santiago, 14 de abril de 2021.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 35 de la Constitución Política de la República; en el DFL Nº
1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado; en el inciso 2º del artículo 10 de la Ley Nº 21.289, de
Presupuestos del Sector Público para el año 2021; las facultades que me confiere el DFL MOP
Nº 850, de 1997, que fijó el texto refundido y sistematizado de la ley Nº 15.840; y la resolución
Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que, la Ley Nº 21.289 de Presupuestos del Sector Público para el año 2021, en el inciso 2º
de su artículo 10º, permite aumentar los cupos de honorarios fijados en la Ley de Presupuestos a
los servicios públicos y programas presupuestarios, con cargo a la disminución de otro u otros,
sin que pueda, en ningún caso, aumentarse los cupos de honorarios del conjunto de los servicios
del Ministerio respectivo.
Que, el Director General de Concesiones de Obras Públicas, requiere aumentar el cupo de
personal a honorarios asignado al presupuesto de esa Dirección, actualmente de 48 personas,
según se señala en el Ord. Nº 279, de fecha 25 de marzo de 2021, de ese origen.
Que, la Subsecretaría de Obras Públicas, a través del Programa Presupuestario "Secretaría y
Administración General", tiene una dotación autorizada de personal a honorarios de 84 personas
para la presente anualidad, y dado que actualmente cuenta con cupos vacantes, aquella dotación
puede ser disminuida.
Decreto:
1. Auméntase la dotación del personal a honorarios de la Dirección General de Concesiones
de Obras Públicas, en 2 cupos, con cargo a la disminución de la dotación del personal a
honorarios de la Subsecretaría de Obras Públicas, a través del Programa Presupuestario
"Secretaría y Administración General", en 2 cupos.
2. Déjase constancia que dicho traspaso, no significa en caso alguno la transferencia de
presupuestos del subtítulo 21 "Gastos en Personal" entre las Entidades Públicas indicadas en el
Nº 1 del presente decreto.
3. Establécese el cupo máximo de personal a honorarios de la Dirección General de
Concesiones de Obras Públicas, en 50 personas.
4. Establécese el cupo máximo de personal a honorarios de la Subsecretaría de Obras
Públicas, a través del Programa Presupuestario "Secretaría y Administración General", y que
aporta los cupos, en 82 personas.
5. Déjase constancia, que el aumento y disminución de cupos de la dotación de personal a
honorarios dispuesta en el presente decreto, no aumenta los cupos de honorarios del conjunto de
los Servicios del Ministerio de Obras Públicas.

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