Decreto exento número 11, de 2023.- Dispone vacunación obligatoria contra Influenza para el año 2023 a grupos de población que indica - 10 de Marzo de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 924509216

Decreto exento número 11, de 2023.- Dispone vacunación obligatoria contra Influenza para el año 2023 a grupos de población que indica

Fecha de publicación10 Marzo 2023
Número de registroCVE-2283133
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Número de Gaceta43.498
CVE 2283133 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.498 | Viernes 10 de Marzo de 2023 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2283133
MINISTERIO DE SALUD
Subsecretaría de Salud Pública
DISPONE VACUNACIÓN OBLIGATORIA CONTRA INFLUENZA PARA EL AÑO
2023 A GRUPO DE POBLACIÓN QUE INDICA
Núm. 11 exento.- Santiago, 2 de marzo de 2023.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 1, 2 y 32 del Código Sanitario, aprobado por DFL N° 725, de
1967, del Ministerio de Salud; en los artículos 1, 4 y 7 del DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de
Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 2.763, de 1979, y de las
leyes N° 18.933 y 18.469; en el decreto exento N° 50 de 2021, del Ministerio de Salud, que
Dispone Vacunación Obligatoria contra Enfermedades Inmunoprevenibles de la Población del
País; en el N° 2 del decreto N° 72 de 2004, del Ministerio de Salud; en la Resolución N° 7, de
2019, de la Contraloría General de la República; y
Considerando:
1. Que, el artículo 32 inciso del Código Sanitario dispone que el Ministerio de Salud
tendrá a su cargo la vacunación de los habitantes contra las enfermedades transmisibles,
agregando, en su inciso 2°, que el Presidente de la República, a propuesta del Director de Salud,
podrá declarar obligatoria la vacunación de la población contra las enfermedades transmisibles
para las cuales existan procedimientos eficaces de inmunización.
2. Que, en virtud de lo anterior, este Ministerio dictó el decreto exento N° 50, de 2021, que
Dispone la Vacunación Obligatoria contra Enfermedades Inmunoprevenibles de la Población del
país, cuyo numeral 12 se refiere a la Influenza y cuya población objetivo será determinada según
estrategia epidemiológica anual.
3. Que, la Influenza es una enfermedad respiratoria aguda de origen viral, considerada un
problema de salud pública por su elevado potencial epidémico, que se traduce en aumentos de la
demanda de atención ambulatoria y hospitalaria y aumento de morbimortalidad. El potencial
epidémico de esta enfermedad se asocia a su alta transmisibilidad, su variabilidad antigénica y la
posibilidad de intercambio genético entre los virus de origen humano y animal.
4. Que, en Chile, desde el año 2002, la Influenza es una enfermedad de notificación
obligatoria mediante la modalidad centinela para la vigilancia de enfermedad tipo Influenza
(ETI), y en el contexto de la pandemia de Influenza H1N1 de 2009 se inició la vigilancia de las
infecciones respiratorias agudas graves (IRAG).
5. Que, la Organización Mundial de la Salud (OMS) señala que la Influenza tiene una tasa
de ataque anual a nivel mundial de un 5% a 10% en adultos, y del 20% a 30% en niños, y se
asocia con una carga económica considerable debido a los costos de atención médica y a los días
de trabajo o educación perdidos. Una de las complicaciones frecuentes por Influenza es la
neumonía bacteriana secundaria, que se da especialmente en personas de edad avanzada y en
personas con ciertas enfermedades crónicas, provocando un nivel significativo de morbilidad y
mortalidad.
6. Que, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) informa la situación
epidemiológica de Influenza a la Semana Epidemiológica (SE) 51 del año 2022, según datos
proporcionados por los Ministerios de Salud y los Centros Nacionales de influenza de los
Estados Miembros o de las actualizaciones en las páginas web del Ministerio de Salud de los
Estados Miembros. De acuerdo a esto, se observó que en América del Norte aumentaron los

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