Decreto exento número 101, de 2023.- Aprueba instrucciones para la implementación del artículo 15 de la ley N° 21.516, sobre traspaso de personal de honorario a contrata, y modificación de la dotación máxima de personal - 5 de Abril de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 927789633

Decreto exento número 101, de 2023.- Aprueba instrucciones para la implementación del artículo 15 de la ley N° 21.516, sobre traspaso de personal de honorario a contrata, y modificación de la dotación máxima de personal

Fecha de publicación05 Abril 2023
Número de registroCVE-2296406
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Número de Gaceta43.520
CVE 2296406 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.520 | Miércoles 5 de Abril de 2023 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2296406
MINISTERIO DE HACIENDA
APRUEBA INSTRUCCIONES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL ARTÍCULO 15 DE
LA LEY N° 21.516, SOBRE TRASPASO DE PERSONAL DE HONORARIO A
CONTRATA, Y MODIFICACIÓN DE LA DOTACIÓN MÁXIMA DE PERSONAL
Núm. 101 exento.- Santiago, 30 de marzo de 2023.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 326 de la Constitución Política de la República; en el decreto
ley N° 1.263, de 1975, sobre Administración Financiera del Estado; en el artículo 15 de la ley N°
21.516, Ley de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2023; y la resolución N°
6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite
de toma de razón, de las materias de personal que se indican.
Considerando:
1.- Que la ley N° 21.516, de Presupuesto de ingresos y gastos del Sector Público para el año
2023, fija en su artículo 15 el número máximo de personas que podrá modificar su calidad
jurídica de honorario a suma alzada a contrata en 6.500 cupos;
2.- Que la citada disposición legal prevé que para efectuar los traspasos de personal
correspondientes, se podrá modificar el límite máximo de la dotación de personal fijada en las
respectivas glosas presupuestarias de la ley N° 21.516;
3.- Que, para efectos de implementar dichos traspasos, mediante decretos del Ministerio de
Hacienda, dictados "Por Orden del Presidente de la República", se establecerán: los requisitos
para el traspaso; la forma de determinar la remuneración líquida mensualizada, el honorario
líquido mensual y el grado de asimilación a la planta; los criterios de priorización que, a lo
menos, deberán establecer las jefas y jefes superiores de servicio para el caso que haya más
personal a honorarios que cupos disponibles para el traspaso; y las demás normas de
procedimiento que sean necesarias para la implementación del artículo 15 de la ley N° 21.516;
Decreto:
Apruébanse las siguientes instrucciones para el proceso de traspaso de personal honorario a
contrata, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 de la ley N° 21.516:
Artículo primero: Los servicios e instituciones públicas podrán solicitar a la Dirección de
Presupuestos la modificación del límite máximo de la dotación de personal fijada en las
respectivas glosas presupuestarias, con cargo a una modificación equivalente en el número de
personas contratadas a honorarios, fijado en las glosas presupuestarias correspondientes,
asociadas a los Subtítulos 21 y 24.
Los cupos a contrata que se generen sólo podrán ser utilizados para nombrar a las personas
que previamente se encontraban contratadas a honorarios por el mismo servicio o institución
pública y cuyos cupos fueron reducidos en virtud de lo señalado en el párrafo anterior, siguiendo
el procedimiento que a continuación se indica. En todo caso, el personal que cambie de calidad
jurídica de acuerdo con el mecanismo regulado por el presente decreto, mantendrá sus
remuneraciones líquidas, definidas según se detalla en el artículo quinto del presente decreto.
El número máximo de personas que podrá modificar su calidad jurídica de honorario a suma
alzada a contrata será de 6.500 para el año 2023.

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