Decreto exento número 1.719, de 2022.- Establece objetivos de gestión año 2023 para el pago de la asignación por desempeño institucional del artículo 9º ley Nº 20.212, de Superintendencia de Educación y Superintendencia de Educación Superior - 8 de Agosto de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 940661650

Decreto exento número 1.719, de 2022.- Establece objetivos de gestión año 2023 para el pago de la asignación por desempeño institucional del artículo 9º ley Nº 20.212, de Superintendencia de Educación y Superintendencia de Educación Superior

Número de registroCVE-2357004
Fecha de publicación08 Agosto 2023
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Número de Gaceta43.622
CVE 2357004 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.622 | Martes 8 de Agosto de 2023 | Página 1 de 7
Normas Generales
CVE 2357004
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Subsecretaría de Educación
ESTABLECE OBJETIVOS DE GESTIÓN AÑO 2023 PARA EL PAGO DE LA
ASIGNACIÓN POR DESEMPEÑO INSTITUCIONAL DEL ARTÍCULO 9º LEY Nº
20.212, DE SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN Y SUPERINTENDENCIA DE
EDUCACIÓN SUPERIOR
Núm. 1.719 exento.- Santiago, 30 de diciembre de 2022.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 del decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio
Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido coordinado y sistematizado de la
Constitución Política de la República de Chile; DFL Nº 1/19.653, de 2000, que fija texto
refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado; los artículos 9º y 11 de la ley Nº 20.212, que
Modifica las leyes Nº 19.553, Nº 19.882 y Otros Cuerpos Legales con el Objeto de Incentivar el
Desempeño de los Funcionarios Públicos, Modificados por el Artículo 32 de la ley Nº 20.233; el
decreto supremo Nº 1.687, de 2007, del Ministerio de Hacienda, que Aprueba el Reglamento a
que se refiere el artículo 11 de la ley Nº 20.212; el oficio Ord. Nº 2.122, de 30 de noviembre de
2022, del Ministro de Hacienda, Propuesta de Programa Marco de Metas de Eficiencia
Institucional año 2023; el oficio Ord. Nº 4/456, de fecha 2 de diciembre de 2022, del Ministerio
de Educación, que Informa Aprobación del Programa marco que Indica; y las resoluciones Nºs. 6
y 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fijan Normas sobre Exención del
Trámite de Toma de Razón.
Considerando:
Que la elaboración de las Metas de Eficiencia Institucional (MEI) por parte de los Servicios,
se enmarca en un conjunto de objetivos de gestión comunes para todas las instituciones del sector
público esenciales para un desarrollo eficaz y transparente de su gestión.
Que, el Jefe Superior de cada Servicio debe proponer al Ministro del cual dependa o con el
que se relacione, las Metas de Eficiencia Institucional, especificando, a lo menos, las metas de
gestión, de calidad de los servicios prestados a los usuarios y/u otras metas anuales, con sus
respectivos indicadores o elementos de similar naturaleza que permitan la medición de su grado
de cumplimiento, todo ello sobre la base del Programa Marco convenido y aprobado por el
Ministro del ramo y el Ministro de Hacienda, en el decreto Nº 1.322, del 5 de diciembre de 2022,
del Ministerio de Educación.
Que, en la formulación de las Metas de Eficiencia Institucional a alcanzar para el año 2023,
el Jefe Superior del Servicio, a través del Ministro del ramo, una vez acordadas tales Metas, debe
comunicarlas al Ministro de Hacienda, a fin de que se analice su correspondencia y consistencia
con las prioridades gubernamentales y con los recursos financieros contemplados en el proyecto
de presupuesto de cada institución.
Que, la Secretaría Técnica en conjunto con la Red de Expertos, en ejercicio de sus funciones
de apoyo al Ministro de Hacienda y de colaboración a los Jefes Superiores de los Servicios,
efectuará las observaciones que la propuesta de MEI le mereciera.
Que, la formulación de las MEI 2023 fue revisada por la Dirección de Presupuestos, según
consta en el/los Certificado/s que se señalan a continuación.

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