Decreto exento número 1.817, de 2021.- Reemplaza el decreto que crea la Mesa Intersectorial sobre Trata de Personas - 27 de Agosto de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 875152687

Decreto exento número 1.817, de 2021.- Reemplaza el decreto que crea la Mesa Intersectorial sobre Trata de Personas

Fecha de publicación27 Agosto 2021
Número de registroCVE-2000047
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Número de Gaceta43.039
CVE 2000047 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.039 | Viernes 27 de Agosto de 2021 | Página 1 de 4
Normas Generales
CVE 2000047
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Subsecretaría del Interior
REEMPLAZA EL DECRETO QUE CREA LA "MESA INTERSECTORIAL SOBRE
TRATA DE PERSONAS"
Núm. 1.817 exento.- Santiago, 9 de julio de 2021.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 326 y 35 de la Constitución Política de la República; en la
ley Nº 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Servicio Nacional para
la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, y modifica diversos cuerpos
legales; en la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración
del Estado; en la ley Nº 19.880, que Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos
que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; el decreto Nº 19, de 2001,
del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para
firmar "Por orden del Presidente de la República"; el decreto Nº 342, de 2005, del Ministerio de
Relaciones Exteriores, que promulga la Convención de las Naciones Unidas contra la
Delincuencia Organizada Transnacional y su Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la
trata de personas, especialmente mujeres y niños; el decreto exento Nº 2.821, de 31 de julio de
2008, del Ministerio del Interior, que crea la "Mesa Intersectorial sobre Trata de Personas"; el
decreto supremo Nº 1.341, de 2018, Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se crea el
Consejo Asesor de coordinación y unidad de acción en materia de prevención y control del
crimen organizado, y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República,
que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
Considerando:
1º Que, la Convención de Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada
Transnacional y en específico su Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de
personas, especialmente mujeres y niños, ratificados y vigentes en Chile, promulgado mediante
el decreto Nº 342, de 2005, del Ministerio de Relaciones Exteriores, compromete a nuestro país,
en términos generales, a prevenir y combatir la trata de personas, promover la cooperación entre
los Estados con dicho fin y proteger a las víctimas de este delito.
2º Que, mediante la ley Nº 20.507, que Tipifica los Delitos de Tráfico Ilícito de Migrantes y
Trata de Personas y establece normas para su prevención y más efectiva persecución penal,
nuestro país incorpora dentro de la normativa el delito de trata de personas, específicamente en el
3º Que, el artículo 1º de la ley Nº 20.502, establece que el Ministerio del Interior y
Seguridad Pública es el colaborador directo e inmediato del Presidente de la República en
asuntos relativos al orden público y la seguridad pública interior, para cuyos efectos concentrará
la decisión política en estas materias, y coordinará, evaluará y controlará la ejecución de planes y
programas que desarrollen los demás Ministerios y Servicios Públicos en materia de prevención
y control de la delincuencia.
4º Que, según lo prevenido en los artículos 3º, inciso segundo, y 5º del decreto con fuerza
de ley Nº 1, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado, esta última debe observar, entre otros, los principios
de coordinación, eficiencia y eficacia.

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