Decreto exento número 1.392, de 2020.- Aprueba Plan Estratégico Nacional para la Reducción del Riesgo de Desastres 2020-2030 - 17 de Abril de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 873631789

Decreto exento número 1.392, de 2020.- Aprueba Plan Estratégico Nacional para la Reducción del Riesgo de Desastres 2020-2030

Fecha de publicación17 Abril 2021
Número de registroCVE-1914608
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Número de Gaceta42.932
CVE 1914608 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.932 | Sábado 17 de Abril de 2021 | Página 1 de 76
Normas Generales
CVE 1914608
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Subsecretaría del Interior
APRUEBA PLAN ESTRATÉGICO NACIONAL PARA LA REDUCCIÓN DEL RIESGO
DE DESASTRES 2020-2030
Núm. 1.392 exento.- Santiago, 22 de septiembre de 2020.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 1º y 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; en el
decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº 19.880, de Bases
de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración
del Estado; en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio del Interior, que fija el
texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre
Gobierno y Administración Regional; en la ley Nº 20.502, que crea el Ministerio del Interior y
Seguridad Pública y el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del consumo de
drogas y alcohol, y modifica diversos cuerpos legales; en el decreto supremo Nº 104, de 1977,
del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Título I de
la ley 16.282, que fija disposiciones permanentes para casos de sismos o catástrofes; el decreto
supremo Nº 1.512, de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que aprueba la
Política Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres; el decreto supremo Nº 434, de 2020,
del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que aprueba la Política Nacional para la
Reducción del Riesgo de Desastres 2020-2030; el decreto exento Nº 3.453, de 2016, del
Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que aprueba el Plan Estratégico Nacional para la
Gestión del Riesgo de Desastres para los años 2015-2018; el decreto exento Nº 290, de 2018, del
Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que aprueba modificación Plan Estratégico Nacional
para la Gestión del Riesgo de Desastres 2015-2018; la resolución exenta Nº 402, de 2015, de la
Oficina Nacional de Emergencia, que resuelve la constitución de la Plataforma Nacional para la
Reducción del Riesgo de Desastres y aprueba su reglamento; y la resolución Nº 7, de 2019, de la
Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que, la Política Nacional para la Reducción del Riesgo de Desastres 2020-2030 aprobada
por decreto supremo Nº 434, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se
implementa a través de la ejecución de su respectivo Plan Estratégico Nacional para la
Reducción del Riesgo de Desastres 2020-2030.
2. Que, tanto la Política Nacional como el Plan Estratégico Nacional para la Reducción del
Riesgo de Desastres 2020-2030 fueron formulados de manera participativa al alero de la
Plataforma Nacional para la Reducción del Riesgo de Desastres, instancia de coordinación
intersectorial presente en Chile desde el año 2012 y liderada por la Oficina Nacional de
Emergencia.
3. Que, tanto la Política Nacional como el Plan Estratégico Nacional para la Reducción del
Riesgo de Desastres 2020-2030 fueron redactados por miembros designados oficialmente
representantes del sector público, privado, academia y Sistema de Naciones Unidas en Chile,
durante los años 2017 y 2018.
4. Que, de conformidad a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 37 bis de la ley Nº
19.880, se solicitó a todos los Ministerios su conformidad respecto del texto del Plan Estratégico
que por este acto se aprueba, los que remitieron sus respuestas de conformidad al siguiente
cuadro, adjuntándose sus copias al presente acto administrativo.
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Núm. 42.932 Sábado 17 de Abril de 2021 Página 2 de 76
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Decreto:
Artículo único: Apruébase el Plan Estratégico Nacional para la Reducción del Riesgo de
Desastres 2020-2030, que se transcribe a continuación:
I. PLAN ESTRATÉGICO NACIONAL PARA LA REDUCCIÓN DEL RIESGO DE
DESASTRES 2020-2030
Para la adecuada implementación de la Política Nacional para la Reducción del Riesgo de
Desastres 2020-2030 (en adelante, "PNRRD"), se hace necesario formular su respectivo Plan
Estratégico Nacional para la Reducción del Riesgo de Desastres 2020-2030 (en adelante,
"PENRRD 2020-2030"), el que establece acciones estratégicas, metas y actores claves para la
realización de los compromisos, en los plazos que se consideran y que se presentan a
continuación.
Para la formulación del respectivo PENRRD 2020-2030, se consideraron como
antecedentes a lo menos 3 fuentes de captura de iniciativas:
a) Temáticas pendientes de desarrollar tras el proceso de implementación del Plan
Estratégico Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres 2015-2018. Esto con miras a cerrar
brechas en materias en las que se debe avanzar acorde al desarrollo y contexto nacional vigente.
b) Aquellos indicadores que el Marco de Sendai para la reducción del riesgo de desastres
(en adelante, "RRD") propone a través de sus 7 Metas Globales, debidamente apropiados al
contexto nacional acorde a lo establecido sectorialmente. Resulta relevante considerar que Chile
puede realizar un esfuerzo adicional en relación al cumplimiento de las metas de Sendai, dado
que el país presenta un desarrollo ejemplar en algunos aspectos de gestión, que lo hacen ser
referente en esta materia. Es por ello, que junto con los indicadores de Sendai (que ponen el foco
en afectación e impacto ex post), Chile debe plasmar compromisos de gestión prospectiva que
permitan ir midiendo también los avances en materias preventivas.
c) Aquellos compromisos nacionales que se han adquirido en las diversas políticas
sectoriales, considerando también los que Chile ha adherido con la suscripción de diversas
agendas y referentes internacionales afines.
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1.1. Acciones Estratégicas
A continuación, se detallan las 74 acciones estratégicas definidas en el PENRRD
2020-2030, que describen sus respectivas metas, plazos, indicadores y organismos responsables
tanto en el rol de líderes como de colaboradores.
Cada acción estratégica debe ser abordada como proyectos individuales, demandando la
elaboración de planes de acción específicos que consideren la programación gradual de cada una
de la(s) meta(s) dentro de los plazos establecidos, procurando la temprana consecución de los
objetivos planteados. Así también, la planificación debe considerar aspectos presupuestarios y de
difusión que faciliten su apropiación e implementación. Algunas acciones se concretarán
exclusivamente en base a gestión y otras requerirán la convocatoria y participación de diversos
actores del Sistema Nacional de Protección Civil (en adelante, "Sistema").

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