Decreto Exento Nº 202300082 Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, 2023 - Normativa - VLEX 942349094

Decreto Exento Nº 202300082 Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, 2023

Año2023
Fecha de publicación01 Septiembre 2023
Número de documento administrativo202300082
Recurso PesqueroLoco
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
División Jurídica
1099399
Folio DEXE202300082
31-08-2023
SUSPENDE VEDA BIOLÓGICA PARA EL RECURSO LOCO EN
ÁREA MARÍTIMA QUE INDICA.
VISTO:
Lo dispuesto en el artículo 32
N2
6 de la Constitución Política
de la República; las Leyes N° 19.880, N 20.437, N° 20.597 y
N 20.657; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892
y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y
sistematizado fue fijado por decreto NP 430 de 1991, el
decreto con fuerza de ley Nº 5 de 1983 y los decretos
exentos
N2
409 de 2003,
y
N 697 de 2011, todos del actual
Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; el decreto N
19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia; y la Resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría
General de la República.
CONSIDERANDO:
Que, mediante el decreto exento
N2
409 de 2003,
modificado por el decreto exento N° 697 de 2011, ambos de
este Ministerio, se estableció una veda biológica para el
recurso loco
Concholepas concholepas
en el área marítima
comprendida entre las Regiones de Anca y Parinacota y
Magallanes y la Antártica Chilena.
Que, el artículo
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de la Ley General de Pesca y Acuicultura
establece la facultad y el procedimiento para establecer
vedas biológicas por especie en un área determinada.
Lo solicitado por el S.T.l. de Algueros, Acuicultores y
Recolectores de Orilla de caleta cardonal, la A.G. de Buzos
de la Comuna de Pelluhue y el S.T.l. Proa Centro, todos de la
región del Maule; las solicitudes de la Federación Regional
de Sindicatos de trabajadores Independientes de la Pesca
Artesanal y Afines de la Región de Ñuble y Biobío, FEREPA, y
de la Organización Comunitaria Funcional de Pescadores y
Buzos Mariscadores de Isla Mocha, de la región del Biobío;
la carta de la Federación Interregional de Pescadores
Artesanales del Sur, FIPASUR, región de Los Ríos; las
peticiones formuladas por la Mesa Bentónica de la región de
Los Lagos y la Federación de Pescadores Artesanales de
Maullín, FEDEPESCA MAULLÍN; y lo solicitado por el S.T.l. de
Pescadores Artesanales Afines N 3 Islas Huichas, de la
región de Aysén del General Carlos lbáez del Campo.
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