Decreto núm. 4467 EXENTO, publicado el 28 de Marzo de 2006. DICTA ORDENANZA SOBRE EXTRACCION DE ARIDOS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE VALLENAR |
Rango de Ley | Decreto |
DICTA ORDENANZA SOBRE EXTRACCION DE ARIDOS
Núm. 4.467 exento.- Vallenar, 6 de diciembre de 2005.- Visto: el acuerdo Nº 157 tomado en Sesión Ordinaria Nº 45 de 16 de noviembre de 2005, del Honorable Concejo Municipal, la necesidad de establecer una Ordenanza Municipal sobre Extracción de Aridos, y las atribuciones que me confiere la ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades,
Decreto:
ORDENANZA EXTRACCION DE ARIDOS
Art. 1º: Objetivo. El objetivo de la presente Ordenanza es regular la normativa y tramitación del permiso para la extracción de áridos en la comuna de Vallenar.
Art. 2º: Definición. El permiso es la autorización formal y regulada que otorga la Municipalidad de Vallenar para la extracción de áridos en bienes de dominio público o municipal, y en pozos lastreros de propiedad particular dentro de la comuna.
Art. 3º: Bienes sobre los cuales se otorga el permiso. El permiso se otorga en: a) Bienes Municipales o Nacionales de uso público; b) Pozos lastreros de propiedad particular.
Art. 4º: Organismo que otorga el permiso. El permiso lo otorga la Municipalidad de Vallenar, a través de la oficina de Rentas y Patentes, y mediante el respectivo formulario de "Permiso Municipal".
Art. 5º: Requisito previo para otorgar el permiso. Tratándose de extracción de áridos en la cuenca del río Huasco se requiere la autorización o visación de la Dirección Provincial de Obras Hidráulicas.
Si la extracción se hiciera en otros bienes nacionales de uso público, bienes municipales o particulares, el solicitante deberá presentar el plano del lugar donde realizará los trabajos si así lo exigiera la Municipalidad.
Art. 6º: Quien debe solicitar la concesión. Toda persona natural o jurídica que pretenda obtener un permiso para extraer áridos en la zona indicada en el art. 2º.
Art. 7º: Tramitación. Toda persona natural o jurídica que pretenda extraer áridos, deberá presentar el permiso ante la oficina de Rentas y Patentes de la Municipalidad de Vallenar, adjuntando los documentos exigidos.
Art. 8º: Derechos. De acuerdo con la ordenanza respectiva la extracción de áridos desde bienes nacionales de uso público, bienes municipales, pozos lastreros de propiedad particular pagarán los siguientes derechos:
- Extracción de materiales, por
persona 0,20 UTM mensual.
- Entrega de concesiones por
sectores, sin utilización
de maquinaria pesada. 1 a 4 UTM mensual.
- Extracción de áridos durante
períodos determinados,
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