Decreto núm. 977 EXENTO, publicado el 28 de Octubre de 1998. DECLARA NORMA OFICIAL DE LA REPUBLICA LA NCH1331/1
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE SALUD |
Rango de Ley | Decreto |
DECLARA NORMA OFICIAL DE LA REPUBLICA LA NCH1331/1
Núm. 977 exento.- Santiago, 17 de septiembre de 1998.- Visto: lo solicitado en el oficio Nº 13.527-300, de 23 de marzo de 1998, del Instituto Nacional de Normalización; lo informado por el Jefe de la División de Salud Ambiental en su memorándum Nº 9B/792, de 18 de agosto de 1998; lo establecido en el artículo 1º Nº 30 del decreto Nº 654, de 1994, del Ministerio del Interior; en la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República; las facultades que me confieren los artículos 4º y 6º del decreto ley Nº 2.763, de 1979, y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 24 y 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República,
D e c r e t o:
Declárase Norma Oficial de la República de Chile, la siguiente:
NCh1331/1 Protectores auditivos - Requisitos y métodos de
Ensayo - Parte 1: Orejeras.
Con el presente decreto se anula y reemplaza la norma NCh1331/1.Of78, declarada Norma Oficial de la República, por decreto Nº 200, de fecha 16 de agosto de 1978, de ese Ministerio, publicado en el Diario Oficial Nº 30.165, del 13 de septiembre de 1978.
El presente decreto se publicará en el Diario Oficial. El texto íntegro de la norma será publicado en documentos oficiales del mencionado Instituto.
A contar de la fecha de publicación de este decreto en el Diario Oficial, la norma individualizada en el artículo 1º, se denominará como sigue:
NCh1331/1.Of98 Protectores auditivos - Requisitos y métodos de
ensayo - Parte 1: Orejeras.
El Instituto Nacional de Normalización, deberá enviar tres ejemplares de dicha norma, debidamente certificada su conformidad con el texto oficial a la Contraloría General de la República, y además proporcionar, gratuitamente, el mismo número de ejemplares al Ministerio que la declara Norma Chilena Oficial de la República.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República...
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