Decreto 2154 EXENTO - REEMPLAZA ARTICULO 16 DE ORDENANZA LOCAL Nº 16, DE 1995 - MUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 243277894

Decreto 2154 EXENTO - REEMPLAZA ARTICULO 16 DE ORDENANZA LOCAL Nº 16, DE 1995

EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO
Rango de LeyDecreto

REEMPLAZA ARTICULO 16 DE ORDENANZA LOCAL Nº 16, DE 1995

Núm. 2.154 exento.- San Bernardo, 1 de junio de 2001.- Vistos:

La ordenanza local Nº 16, de fecha 26 de diciembre de 1995, sobre Condiciones Necesarias para la Fijación de Tarifas del Servicio Domiciliario por Extracción de Basuras y Exenciones Totales y Parciales;

El memorándum Nº 102, de fecha 24 de mayo de 2001, de la Asistente Social Jefa del Departamento de Subsidios, en el que sugiere la modificación del artículo 16º de la citada ordenanza;

El acuerdo del H. Concejo Municipal de San Bernardo, adoptado en sesión extraordinaria de fecha 25 de mayo de 2001, y

Las facultades que me confiere la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones posteriores,

D e c r e t o:

  1. Reemplácese el artículo 16 de la ordenanza

    local Nº 16, de fecha 26 de diciembre de 1995, sobre

    Condiciones Necesarias para la Fijación de Tarifas

    del Servicio Domiciliario por Extracción de Basuras

    y Exenciones Totales y Parciales, en el siguiente

    sentido:

    "Artículo 16: Los usuarios a cualquier título de

    predios comprendidos en los tramos números 2 y 3 del

    artículo anterior, podrán solicitar anualmente la exención total de los derechos referidos si su puntaje de la ficha CAS es igual o inferior a 550 puntos, y aquellos que su porcentaje de la ficha CAS 2 sea entre 550 y 600 puntos, podrán solicitar anualmente el 50% de exención.

    Asimismo podrán acogerse a dicho beneficio los pensionados o jubilados que, haciendo uso de la vivienda de que...

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