Decreto 7791 EXENTO - APRUEBA ORDENANZA LOCAL Nº 23 DE 2003
Emisor | MUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO |
Rango de Ley | Decreto |
APRUEBA ORDENANZA LOCAL Nº 23 DE 2003
Núm. 7.791 exento.- San Bernardo, 10 de diciembre de 2003.- Vistos:
- La ordenanza local Nº 23, de fecha 3 de diciembre de 2003, sobre Registros de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos, y
- Las facultades que me confiere la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades,
Decreto:
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- Apruébase, en todas y cada una de sus partes, la ordenanza local Nº 23, de fecha 3 de diciembre de 2003, denominada: "Ordenanza Municipal de Registros de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos", cuyo texto se anexa al presente decreto, pasando a formar parte integrante de él.
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- Publíquese, en el Diario Oficial, el texto íntegro de la ordenanza señalada precedentemente.
Anótese, comuníquese y archívese.- Francisco Miranda Guerrero, Alcalde.- Rodolfo Muñoz Castillo, Secretario Municipal.
Lo que comunico a Ud. para su conocimiento y demás fines pertinentes.- Rodolfo Muñoz Castillo, Secretario Municipal.
Ordenanza Núm. 23.- San Bernardo, 3 de diciembre de 2003.- Vistos:
- Lo establecido en la ley Nº 19.862 publicada en el Diario Oficial del 8 de febrero de 2003;
- El Acuerdo del Concejo Municipal, adoptado en su sesión de fecha 2 de diciembre de 2003, y
- Las facultades que me confiere la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades,
Apruébase: la siguiente Ordenanza Municipal de Registros de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos:
Existirá en la Municipalidad de San Bernardo un Registro Público de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos, a cargo de la Secretaría Comunal de Planificación, Secpla.
Para estos efectos, se entenderán por transferencias de fondos públicos las subvenciones a personas jurídicas, sin prestación recíproca en bienes o servicios, y en especial subsidios para financiamiento de actividades específicas o programas especiales y gastos inherentes o asociados a la realización de éstos, otorgados por la I. Municipalidad de San Bernardo.
Las Personas Jurídicas que postulen a obtener fondos o subvenciones municipales deberán estar inscritas en el citado Registro con anterioridad a su solicitud, de conformidad a lo dispuesto en la ley Nº 19.862 y su Reglamento.
Asimismo, deberán incorporarse al Registro aquellas personas jurídicas que efectúen donaciones a la...
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