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Decreto núm. 65, publicado el 21 de Junio de 1993. DISPONE LIQUIDACION DE BIENES QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
Rango de LeyDecreto

DISPONE LIQUIDACION DE BIENES QUE INDICA

Núm. 65.- Santiago, 27 de Enero de 1993.

Visto: Los antecedentes que se acompaña y lo dispuesto en la Ley 18.121, cuyo texto fue sustituido por el artículo 19 de la Ley 18.959, y en la resolución N° 55, de 1992, de la Contraloría General de la República.

Considerando Que el artículo 1° de la Ley 18.121, cuyo texto fue sustituido por el artículo 19 de la Ley 18.959, autoriza al Presidente de la República para que, en el plazo de tres meses y mediante uno o más decretos, disponga la liquidación de los bienes muebles e inmuebles del Fondo de Abastecimiento y Equipamiento Comunitario.

Que, por un error de hecho, no se incluyó en el inventario de los bienes muebles de propiedad del señalado Fondo, cuya liquidación se dispuso en el decreto supremo N° 52, de 26 de Enero de 1990, de esta Secretaría de Estado, 523 acciones de Distribuidora Chilectra Metropolitana S.A., inscritas en el Registro de Accionistas bajo el N° 00003034-1, las que corresponden al título A - 006908.

Decreto

Artículo 1°

Dispónese la liquidación de 523 acciones de Distribuidora Chilectra Metropolitana S.A., de propiedad del Fondo de Abastecimiento y Equipamiento Comunitario, inscritas en el Registro de Accionistas a su nombre, bajo el N° 00003034-1, las que corresponden al título N° A - 006908. La enajenación será efectuada por el Ministerio de Bienes Nacionales.

Artículo 2°

La forma de la enajenación referida precedentemente será determinada por el Ministerio de Bienes...

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