Decreto 45 - MODIFICA DECRETO Nº312 DE 2002 QUE DETERMINA ACTIVIDADES A FINANCIAR POR EL PROGRAMA DE EDUCACION MEDIA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241743226

Decreto 45 - MODIFICA DECRETO Nº312 DE 2002 QUE DETERMINA ACTIVIDADES A FINANCIAR POR EL PROGRAMA DE EDUCACION MEDIA

EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO Nº312 DE 2002 QUE DETERMINA ACTIVIDADES A FINANCIAR POR EL PROGRAMA DE EDUCACION MEDIA

Núm. 45.- Santiago, 21 de febrero de 2005.- Considerando:

Que, el decreto supremo Nº312 de 2002 reglamentó las actividades a ejecutar y financiar por el Programa de Educación Media conforme lo dispuesto en la Ley de Presupuestos del sector público para el año 2003;

Que, la Ley de Presupuestos del sector público para el año 2005, en su asignación 09.01.03.24.03.512 -Glosa 08, que contempla el financiamiento para el Programa de Educación Media, introdujo modificaciones en lo que respecta a su ejecución durante el año 2005;

Visto: Lo dispuesto en las leyes Nºs. 19.986 de Presupuesto del Sector Público para el año 2005; decreto supremo de Educación Nº312 de 2002 que reglamenta el Programa Educación Media, y en los artículos 32 Nº 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile;

Decreto:

Artículo único

Modifícanse los artículos 2º y 4º del decreto supremo Nº312 de 2002, que reglamentó las actividades a ejecutar y financiar por el Programa de Educación Media, en el siguiente sentido:

"Artículo 2º: Las líneas de acción y las actividades cuya ejecución comprende el desarrollo del Programa de Educación Media para el ejercicio 2005, para los establecimientos afectos al DFL Nº2, de Educación, de 1998, y decreto ley Nº 3.166 de 1980, son los siguientes:

  1. Asignación de 18.000 becas anuales de $150.000 cada una, a estudiantes con alta vulnerabilidad educativa que presenten mayor riesgo de deserción escolar para que permanezcan en el sistema y terminen la enseñanza media en cualquier modalidad, de acuerdo a los siguientes procedimientos de focalización:

    El Ministerio de Educación otorgará un porcentaje de beca a los establecimientos educacionales adscritos al Programa Liceo para Todos, de acuerdo al índice de riesgo de retiro que tenga cada uno de ellos, que considera sus tasas de repitencia, los años de educación de la madre (promedio de dicho establecimiento educacional) y la tasa de asistencia.

    A esta beca podrán postular los alumnos y alumnas regulares de cualquier curso de enseñanza media de dichos establecimientos.

    La beca será asignada a los alumnos y alumnas por el establecimiento, según los criterios de vulnerabilidad educativa contenidos en las respectivas tarjetas de evaluación del riesgo de deserción que presenta el alumno o alumna postulante, es decir, el promedio de asistencia del primer trimestre, el...

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