Declaración jurada n° 1944: sobre saldos de cuentas de inversion acogidos al mecanismo de ahorro establecido en el ex art. 57 bis Ley de la Renta, según el numeral vi del art. 3° transitorio de la ley n° 20.780 - Núm. 103, Enero 2022 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 893649187

Declaración jurada n° 1944: sobre saldos de cuentas de inversion acogidos al mecanismo de ahorro establecido en el ex art. 57 bis Ley de la Renta, según el numeral vi del art. 3° transitorio de la ley n° 20.780

AutorXimena Pérez Brito
Páginas246-249
246
MANUAL EJECUTIVO TRIBUTARIO
50.- DECLARACIÓN JURADA N° 1944: SOBRE SALDOS DE CUENTAS DE
INVERSION ACOGIDOS AL MECANISMO DE AHORRO ESTABLECIDO EN
EL EX ART. 57 BIS LEY DE LA RENTA, SEGÚN EL NUMERAL VI DEL ART. 3°
TRANSITORIO DE LA LEY N° 20.780.
VENCIMIENTO: 30 DE MARZO
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA
N° 1944
Esta declaración jurada debe ser presentada por las instituciones titulares, que
mantengan instrumentos o valores de ahorro, entre las cuales se encuentran
las siguientes: bancos, sociedades nancieras, compañías de seguro de vida,
sociedades administradoras de fondos mutuos, sociedades administradoras de fondos
de inversión, sociedades administradoras de fondos de pensiones y sociedades
anónimas abiertas, y por las instituciones intermediarias (corredoras de bolsa y demás
personas que efectúen operaciones de intermediación) por las acciones en custodia
que sin ser de su propiedad, se encuentren a su nombre.
Ambos tipos de instituciones que, por sus instrumentos, valores de ahorro o acciones
en custodia, se encuentren acogidas al mecanismo de incentivo al ahorro establecido
en el artículo 57 bis vigente al 31.12.16 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
Las instituciones titulares para la entrega de esta información deben tener en cuenta
para su determinación, respecto de los datos que sean aplicables, las mismas
instrucciones impartidas para la confección del Certicado Modelo N° 8 y las
contenidas en las Circulares N°s. 56 de 1993, 71 de 1998 y 11 de 2015.
Las instituciones intermediarias para la entrega de esta información deben tener en
cuenta para su determinación, respecto de los datos que sean aplicables, las mismas
instrucciones impartidas para la confección del Modelo de Certicado N° 17.
Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE
En esta sección deben señalarse los datos relativos a la identicación de la Institución
receptora, indicando el RUT, razón social, domicilio, comuna, correo electrónico,
número de fax y número de teléfono (en los dos últimos casos se debe anotar el
número incluyendo su código de discado directo).
Sección B: DATOS DE LOS INFORMADOS (DEL INVERSIONISTA ACOGIDO A
LA LETRA A DEL ART. 57 BIS DE LA LEY DE LA RENTA)
Columna “RUT del inversionista”: Indicar el RUT del inversionista de quien se
informará el movimiento de cuentas de inversión acogidas al mecanismo de incentivo
al ahorro establecido en el artículo 57 bis de la LIR, vigente al 31.12.16.
Columna “RUT institución titular de la inversión”: Indicar el RUT de la institución
titular de la cual se poseen las acciones acogidas al mecanismo de ahorro del artículo
57 bis de la LIR, vigente al 31.12.16.

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