Declaración Jurada N° 1928: sobre determinacion del credito por sistemas solares termicos establecido por la Ley N° 20.365, modificada por la Ley N° 20.897
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Manual EjEcutivo tributario
4. CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN
Se deben anotar los totales que resulten de sumar los valores registrados en las columnas
correspondientes. El recuadro “Total de Casos Informados” corresponde al número total de
los casos que deben numerarse en la primera columna de esta Declaración Jurada.
60. DECLARACIÓN JURADA N° 1928: DECLARACIÓN JURADA MENSUAL
SOBRE DETERMINACION DEL CREDITO POR SISTEMAS SOLARES TERMICOS
ESTABLECIDO POR LA LEY N° 20.365, MODIFICADA POR LA LEY N° 20.897
VENCIMIENTO: Ultimo día hábil de cada mes
INSTRUCCIONES FORMULARIO N° 1928
1.-Esta declaración debe ser presentada a partir del periodo marzo de 2016, por aquellas
empresas constructoras que hagan uso del Crédito por Sistemas Solares Térmicos
establecido en la Ley N° 20.365 modicada por la Ley N° 20.897, por medio de su imputación
en el código [725] del Formulario 29.
Las empresas constructoras deberán presentar esta Declaración Jurada solo respecto de los
meses en que se impute Crédito Especial por Sistemas Solares Térmicos en el código [725]
del Formulario 29.
Respecto de aquellas viviendas cuyos permisos de construcción o sus respectivas
modicaciones se hayan otorgado a partir del 1° de enero de 2013 y hayan obtenido su
recepción municipal denitiva desde el 1° de enero de 2015 hasta antes del 29 de febrero de
2016, el crédito especial se imputa en el código [725], del Formulario 29, correspondiente al
mes de marzo de 2016.
2. Plazo de Presentación: El plazo de presentación vence el último día del mes en que
venza el plazo para presentar el Formulario 29 correspondiente al período en que imputó el
Crédito Especial por Sistemas Solares Térmicos, es decir, por ejemplo, si se hizo imputación
del crédito en el Formulario 29 correspondiente al período tributario octubre 2016, que vence
en el mes de noviembre de 2016, entonces el contribuyente tendrá plazo hasta el último día
de noviembre de 2016 para presentar dicha declaración.
En el caso de los créditos por sistemas solares imputados en los Formularios 29 de los
periodos comprendidos entre los meses de marzo de 2016 y septiembre del mismo año,
deberán ser declarados en el Formulario N° 1928 habilitado para cada uno de esos periodos
y cuyo plazo de presentación vencerá el último día del mes siguiente a la publicación en el
Diario Ocial de la Resolución que establece la obligación de presentar el Formulario N°
1928.
3. El campo “período tributario” corresponde al mes en que se imputó el Crédito Especial por
Sistemas Solares Térmicos en el código [725] del Formulario 29.
SECCIÓN A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE
4. Se debe identicar la empresa constructora declarante, indicando los datos que exija el
medio por el cual se enviará la declaración jurada.
SECCIÓN B: DETALLE DE INFORMACIÓN POR SISTEMA SOLAR TÉRMICO (SST).
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