Declaración jurada n° 1926: declaración jurada anual sobre base imponible de primera categoria y datos contables de balance - Núm. 115, Enero 2023 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 917759163

Declaración jurada n° 1926: declaración jurada anual sobre base imponible de primera categoria y datos contables de balance

AutorXimena Pérez-Brito C.
CargoContador General
Páginas183-189
183
DECLARACIONES JURADAS AÑO TRIBUTARIO 2023
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intereses, dividendos y g anancias de capital efectivamente percibidos, el total de pérdidas y
gastos devengados en el período.
CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN
Se deben registrar los totales que resulten de sumar los valores registrados en las columnas
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los casos que se está informando a través de la primera columna de la Sección B de esta
Declaración Jurada, los que deben numerarse correlativamente.
43.- DECLARACIÓN JURADA N° 1926: DECLARACIÓN JURADA ANUAL SOBRE BASE
IMPONIBLE DE PRIMERA CATEGORIA Y DATOS CONTABLES DE BALANCE.
VENCIMIENTO: 30 DE JUNIO
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N°1926
Esta Declaración Jurada debe ser presentada por las empresas que al 01 de enero del año
comercial que declaran, se encuentren obligados a declarar sus rentas efectivas determinadas
sobre la base de un balance general según contabilidad completa, sujetos al régimen de
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También estarán obligados a presentar esta declaración jurada al momento que efectúen
término de giro.
SECCIÓN A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE
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domicilio postal, comuna, correo electrónico, número de teléfono (en este último caso se debe
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SECCIÓN B: DETERMINACIÓN DE LA BASE IMPONIBLE DE PRIMERA CATEGORÍA
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Este campo sólo debe ser llenado respecto de las partidas que han sido agregadas o deducidas
para la correcta determinación de la Renta Líquida Imponible. Se debe registrar alguno de
los siguientes códigos:
Corrección monetaria saldo deudor (art. 32 N° 1 LIR) 637
-
Corrección monetaria saldo acreedor (art. 32 N° 2 LIR) 638 +
Partidas del inciso primero no afectas al IU de tasa 40% y del inciso segundo, del art.
21 LIR, reajustados 1144 +
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 970 +
Gastos agregados por donaciones 971 +
Gastos que se deben agregar a la RLI según el art. 33 N° 1 LIR 639 +

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