Declaración jurada n° 1891: sobre compras y ventas de acciones de s.a., otros titulos y activos digitales, efectuadas por intermedio de corredores de bolsa, agente de valores, casas de cambio y otras entidades intermediadoras, no acogidas al incentivo al ahorro del art. 42 Bis, o a la letra a) del art. 57 Bis, o al art.104 ley de la renta
Autor | Ximena Pérez B. |
Cargo | Contador General |
Páginas | 111-115 |
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DECLARACIONES JURADAS AÑO TRIBUTARIO 2021
Columna “Impuesto Adicional moneda nacional o extranjera valor nominal”:
Se debe registrar el monto total anual del Impuesto Adicional retenido mensualmente
sobre los intereses u otras rentas anteriormente indicados, expresados en moneda
nacional o extranjera, según proceda, conforme a las normas de los artículos 59 N°
1 y 74 N° 4 de la LIR, sin actualizar al término del ejercicio.
Columna “Número de certicado”: Se debe registrar el número o folio del certicado
emitido a los beneciarios de las rentas o inversionistas, de conformidad a lo dispuesto
en la Resolución Exenta N° 6509 de 1993 y sus modicaciones posteriores.
CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN
Se deben anotar los totales que resulten de sumar los valores registrados en las
columnas correspondientes. La columna “Total de casos informados” corresponde
al número total de los casos que se está informando a través de la primera columna
de esta declaración jurada, los que deben numerarse correlativamente.
25.- DECLARACIÓN JURADA N° 1891: SOBRE COMPRAS Y VENTAS DE
ACCIONES DE S.A., OTROS TITULOS Y ACTIVOS DIGITALES, EFECTUADAS
POR INTERMEDIO DE CORREDORES DE BOLSA, AGENTE DE VALORES,
CASAS DE CAMBIO Y OTRAS ENTIDADES INTERMEDIADORAS, NO
ACOGIDAS AL INCENTIVO AL AHORRO DEL ART. 42 BIS, O A LA LETRA A)
DEL ART. 57 BIS, O AL ART.104 LEY DE LA RENTA.
VENCIMIENTO: 01 DE MARZO
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA
N° 1891
Esta declaración jurada debe ser presentada por los corredores de bolsa, agentes
de valores, casas de cambio y otras entidades intermediadoras, informando las
operaciones de compras y ventas de acciones de sociedad anónima (S.A.), compras
y ventas de otros títulos y activos digitales, así como otras operaciones que se indican
en la sección B, en la columna denominada “tipo de transacción”, efectuadas por
cuentas de sus clientes NO acogidas a los regímenes tributarios de incentivo al ahorro
a que se reeren los artículos 42 bis; ex 57 bis, vigente hasta el 31.12.2016; y 104
de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE (CORREDOR DE BOLSA,
AGENTE DE VALORES, CASAS DE CAMBIO Y OTRAS ENTIDADES
INTERMEDIARIAS).
En esta sección deben registrarse los datos relativos a la identicación del declarante,
indicando el RUT, razón social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, número
de fax y número de teléfono.
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