Declaración jurada n° 1887: sobre rentas del art. 42 N° 1 (sueldos), otros componentes de la remuneracion y retenciones del impuesto unico de segunda categoria ley de la renta - Núm. 92, Febrero 2021 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 884236321

Declaración jurada n° 1887: sobre rentas del art. 42 N° 1 (sueldos), otros componentes de la remuneracion y retenciones del impuesto unico de segunda categoria ley de la renta

AutorXimena Pérez B.
CargoContador General
Páginas104-107
104
MANUAL EJECUTIVO TRIBUTARIO
CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN
Se deben anotar los totales que resulten de sumar los valores registrados en las
columnas correspondientes. El recuadro “Total de casos informados” corresponde
al número total de los casos que deben numerarse en la primera columna de esta
Declaración Jurada.
El retardo u omisión en la presentación de esta declaración jurada, será sancionado
de acuerdo a lo prescrito en el N° 1 del artículo 97 del Código Tributario.
Nota: Columna “Monto total honorarios (sin actualizar)”: Deberá indicarse el
monto total por concepto de honorarios del articulo 42 N°2 y remuneraciones
de directores del artículo 48, monto que se debe registrar sin actualizar.
22.- DECLARACIÓN JURADA N° 1887: SOBRE RENTAS DEL ART. 42
N° 1 (SUELDOS), OTROS COMPONENTES DE LA REMUNERACION Y
RETENCIONES DEL IMPUESTO UNICO DE SEGUNDA CATEGORIA LEY DE
LA RENTA.
VENCIMIENTO: 19 DE MARZO
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA
N° 1887
Esta Declaración Jurada debe ser presentada por las personas naturales o jurídicas
que ejerzan o desarrollen una actividad empresarial, que hayan pagado rentas
del artículo 42 N° 1 Ley de la Renta (LIR), consistente únicamente en sueldos,
sobresueldos, salarios, dietas y cualesquiera otras rentas similares (excluidas las
pensiones, jubilaciones o montepíos, que se informan en el Formulario N° 1812).
Se deberá informar, además – sólo como un dato anexo – la información a que se
reeren las columnas relativas a las rentas exentas, no gravadas, y rebajas por zonas
extremas (franquicia Art. 13 del D.L. N° 889) pagadas en cada año calendario. Se
excluyen de la obligación de presentar el Formulario N° 1887 las personas que utilicen
servicios de casas particulares, como empleadas domésticas o asesoras del hogar,
jardineros, etc., que tengan la calidad de trabajadores dependientes y las personas
que efectúen su propia retención de impuesto por las razones que indica la Circular
N° 32 del año 2000, entre las cuales se encuentran los trabajadores chilenos de
embajadas extranjeras radicadas en Chile.
Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE (INSTITUCIÓN, ORGANISMO
O PERSONA QUE EFECTUÓ LA RETENCIÓN)
Se identicará a la Institución, Organismo o persona que pagó la renta, indicando el
RUT, nombre o razón social, domicilio postal, comuna, correo electrónico y número
de teléfono (incluyendo su código de discado directo).
Sección B: DATOS DE LOS INFORMADOS (RECEPTOR DE LA RENTA: SUELDOS,
SOBRESUELDOS, SALARIOS Y RENTAS SIMILARES)

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