Declaración Jurada N° 1865: sobre rentas exentas de impuesto adicional de la ley de la renta (art. 10 del d.l. 3.059) que favorece a las empresas de astilleros y empresas navieras, incluidas las de remolcadores, de lanchaje y muellaje nacionales - Núm. 44, Febrero 2017 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 703709017

Declaración Jurada N° 1865: sobre rentas exentas de impuesto adicional de la ley de la renta (art. 10 del d.l. 3.059) que favorece a las empresas de astilleros y empresas navieras, incluidas las de remolcadores, de lanchaje y muellaje nacionales

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Declaraciones Juradas
Año Tributario 2017
31. DECLARACIÓN JURADA N° 1865: SOBRE RENTAS EXENTAS DE IMPUESTO
ADICIONAL DE LA LEY DE LA RENTA (ART. 10 DEL D.L. N° 3.059) QUE FAVORECE
A LAS EMPRESAS DE ASTILLEROS Y EMPRESAS NAVIERAS, INCLUIDAS LAS DE
REMOLCADORES, DE LANCHAJE Y MUELLAJE NACIONALES
VENCIMIENTO: 30 de junio
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA Nº 1865
1. Esta Declaración Jurada debe ser presentada por las empresas de astilleros y por las
empresas navieras, incluidas las de remolcadores, las de lanchaje y de muellaje nacionales
exentos del Impuesto Adicional, de acuerdo al Artículo 10 del D.L. 3.059 de 1979. En ella
se deberá registrar el detalle de los pagos y abonos en cuenta, en virtud de asesorías
técnicas, servicios prestados en el exterior, intereses u otros rubros que dicen relación con las
actividades comprendidas dentro del giro principal de la empresa, hechas a favor de personas
no domiciliadas ni residentes en el país.
Se debe identificar el “Tipo de Declaración” en el cuadro correspondiente (Original o
Recticatoria), marcando con una “X” si es Original o indicando el RUT y folio de la declaración
anterior en caso de tratarse de una Declaración Recticatoria.
2. Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE
Se debe identicar la Institución, Organismo, persona o contribuyente que realizó los pagos
o abonos al extranjero, indicando su número de RUT, nombre o razón social, domicilio postal,
comuna, correo electrónico, número de fax y número de teléfono (en estos dos últimos casos
se debe anotar el número incluyendo su código de discado directo).
3. Sección B: DETALLE DE LAS OPERACIONES
Por cada uno de los pagos o abonos en cuenta realizados durante el período que se informa,
exentos de Impuesto Adicional de la L.I.R., indique lo siguiente:
Columna “Individualización del Perceptor de la Renta”:
Columna “N°”: Deberá registrarse un número correlativo de siete dígitos para cada registro de
la declaración, comenzando por el 0000001.
Columna “Fecha Operación”: Deberá registrarse la fecha en que la operación se realizó, en
formato dd-mm-aaaa (día, mes y año).
Columna “Nombre o Razón Social”: Señale el nombre completo o la razón social de la empresa
extranjera sin domicilio ni residencia en Chile, perceptora de la renta, la que puede o no ser
la prestadora del servicio.
Columna “Domicilio”: Señale el domicilio en el exterior de la entidad informada, calle, N°,
departamento.
Columna “Ciudad/Estado”: Señale la ciudad y estado correspondiente al domicilio de la entidad
informada.
Columna “País”: Señale el país correspondiente al domicilio de la entidad informada, según
tabla de países publicada en este Suplemento.

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