Declaración Jurada N° 1853: Declaración jurada anual sobre rentas de fuente extranjera - Núm. 20, Febrero 2015 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 704691889

Declaración Jurada N° 1853: Declaración jurada anual sobre rentas de fuente extranjera

Páginas214-218
214
Manual EjEcutivo tributario
• Columna “Total Gastos Rechazados Afectos al Art. 21 de la LIR”: Informar el monto
total correspondiente a la suma de los montos de la columna “Gastos Rechazados
Afectos al Art. 21 de la LIR” de la Sección B de esta declaración jurada.
• Columna “Total Tope de Crédito por Impuesto pagado o adeudado en el extranjero”:
Registre el monto correspondiente a la suma de los montos de la columna “Tope
Crédito por Impuesto pagado o adeudado en el extranjero” de la sección B de esta
declaración jurada.
• Columna “Total de Casos Informados”: Corresponde al número total de los casos
que se están informando a través de la primera columna de esta Declaración Jurada,
los que deben numerarse correlativamente.
38. DECLARACIÓN JURADA N° 1853: DECLARACIÓN JURADA ANUAL SOBRE
RENTAS DE FUENTE EXTRANJERA.
VENCIMIENTO: 19 de marzo
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA
N° 1853
1. Esta Declaración Jurada debe ser presentada por los contribuyentes personas
naturales o jurídicas con domicilio o residencia en Chile que obtengan rentas de fuente
extranjera; y las agencias o cualquiera otra clase de establecimiento permanente de
contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile que operen en el país a las cuales
les sean atribuibles rentas de fuente extranjera.
En esta Declaración Jurada deberán informarse las rentas obtenidas de inversiones
en el exterior, sólo en aquellos casos que éstas no hayan sido informadas a través del
Formulario N° 1851 para el mismo período. Por otro lado, no deben informarse a través
de esta Declaración Jurada Formulario N° 1853, sino a través del Formulario N° 1852,
las rentas provenientes de agencias o establecimientos permanentes en el exterior.
2. Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE
Se debe identicar al contribuyente beneciario de la renta, indicando su número de
RUT, nombre o razón social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, número
de fax y número de teléfono (en los dos últimos casos se debe anotar el número
incluyendo su código de discado directo).
3. Sección B: ANTECEDENTES DE LAS RENTAS DE FUENTE EXTRANJERA
Sub-Sección “Antecedentes del Pagador de la Renta”:
• Columna “Nombre o Razón Social del Pagador de la Renta”: Deberá registrar el
nombre o la razón social de la persona natural o jurídica extranjera o entidad pagadora
de la renta, debiendo utilizarse una sola línea por cada tipo de renta o pérdida obtenida.
• Columna “Tax-ID”: Deberá registrarse el Código de Administración Tributaria o de
Identicación Tributaria que tiene el pagador de la renta en su país de residencia.

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