Declaración Jurada N° 1836: sobre transferencias de caballos de fina sangre y caballos chilenos - Núm. 54, Diciembre 2017 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 703294729

Declaración Jurada N° 1836: sobre transferencias de caballos de fina sangre y caballos chilenos

Páginas94-96
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Manual EjEcutivo tributario
Columna “Período al Cual Corresponde el Arriendo”: Se debe marcar con una “X” el o los
períodos a los cuales corresponde el “Monto de Arriendo” que se informa.
Columna “Amoblado”: Indique si el arriendo del Bien Raíz corresponde a inmuebles sin amoblar,
o bien, a inmuebles amoblados o con instalaciones y/o maquinarias que permitan el ejercicio
de alguna actividad comercial o industrial, indicando:
1 : Cuando corresponda a inmuebles sin amoblar; ó
2 : Cuando corresponda a inmuebles amoblados o con instalaciones y/o maquinarias que
permitan el ejercicio de alguna actividad comercial o industrial.
Columna “Destino del Arriendo del Bien Raíz”: Indique el destino que el arrendatario le haya
dado al Bien Raíz arrendado. En caso de que el declarante de la Declaración Jurada sea un
Corredor de Propiedades, deberá informar el destino estipulado en el contrato de arrendamiento.
Para tales efectos, indique:
1 : Si el destino es Habitacional.
2 : Si el destino es Comercial.
3 : Si el destino es Estacionamiento.
4 : Si el destino es Bodega.
5 : Si el destino es Habitacional y Comercial.
6 : Otro destino.
Columna “DFL N° 2”: Indique si el Bien Raíz tiene carácter DFL N° 2, marcando con una “X”
en la columna DFL N° 2. En caso contrario, deje en blanco.
Columna “Naturaleza del Bien Raíz”: Indique si el Bien Raíz es de naturaleza Agrícola o No
Agrícola. Para tales efectos, indique:
1 : Cuando corresponda a inmuebles catalogados como Agrícolas; ó
2 : Cuando corresponda a inmuebles catalogados como No Agrícolas.
4. CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN
El recuadro “Total de Casos Informados” corresponde al número total de registros que se
informa, el que debe coincidir con el último número registrado en la primera columna.
El retardo u omisión en la presentación de esta Declaración Jurada, será sancionado de
acuerdo a lo dispuesto en el N° 1 del Artículo 97 del Código Tributario.
14. DECLARACIÓN JURADA N° 1836: DECLARACIÓN JURADA ANUAL SOBRE
TRANSFERENCIAS DE CABALLOS DE FINA SANGRE Y CABALLOS CHILENOS.
VENCIMIENTO: 28 de marzo
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N° 1836
1. La presente Declaración Jurada deberá ser presentada por los Criaderos de Caballos
de Fina Sangre y Caballos Chilenos, Hipódromos, Comercializadores de Caballos de Fina
Sangre y Caballos Chilenos y todo aquel contribuyente, que durante el año calendario haya
realizado operaciones de venta de Caballos de Fina Sangre o de Caballos Chilenos, o bien,
Empresas Comisionistas que hayan participado por cuenta de terceros como intermediarios
en dichas operaciones. A la misma obligación quedará sujeto el Club Hípico de Santiago y

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