Declaración Jurada N° 1821: Declaración jurada anual sobre situación tributaria de retiros destinados a reinversión según normas de la letra c) del N°1 de la letra a) del artículo 14 de la ley de la renta
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Declaraciones Juradas
Año Tributario 2015
13. DECLARACIÓN JURADA N° 1821: DECLARACIÓN JURADA ANUAL
SOBRE SITUACIÓN TRIBUTARIA DE RETIROS DESTINADOS A REINVERSIÓN
SEGÚN NORMAS DE LA LETRA C) DEL N°1 DE LA LETRA A) DEL ARTÍCULO
14 DE LA LEY DE LA RENTA.
VENCIMIENTO: 26 de marzo.
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA
N° 1821
1. Esta Declaración Jurada debe ser presentada por las Empresas Individuales,
Sociedades de Personas, Sociedades de Hecho, Sociedades Anónimas Abiertas o
Cerradas, Sociedades en Comandita por Acciones y Comunidades establecidas en
Chile, que reciban inversiones de aquéllas a que se reere la letra c) del N° 1 de la
letra A) del Artículo 14 de la Ley de la Renta, ya sea que provengan de las empresas
fuentes o que correspondan al producto de la enajenación de acciones de pago de
Sociedades Anónimas Abiertas o Cerradas, adquiridas con utilidades reinvertidas.
2. Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE (EMPRESA INDIVIDUAL,
SOCIEDAD DE PERSONAS, SOCIEDAD DE HECHO, SOCIEDAD ANÓNIMA,
S.C.P.A. O COMUNIDAD QUE RECIBIÓ LA INVERSIÓN)
Se debe identicar a la empresa receptora de la inversión, indicando el RUT, nombre
o razón social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, número de fax y número
de teléfono (en los dos últimos casos, se debe anotar el número incluyendo su código
de discado directo).
3. B: DATOS DE LOS INFORMADOS (PERSONA QUE REALIZÓ LA INVERSIÓN)
Columnas “RUT del Inversionista” y “RUT de la Empresa Fuente o RUT de S.A.
de la Cual se Enajenan Acciones de Pago Adquiridas con Utilidades Reinvertidas”:
Deberá registrarse en forma legible el RUT de las personas antes indicadas, teniendo
especial cuidado de anotarlo correctamente, debiendo utilizarse una sola línea para
cada reinversión realizada en una fecha distinta por cada inversionista.
Columna “Fecha de Recepción de los Fondos Reinvertidos”: Se debe indicar la fecha
efectiva de recepción de los fondos, señalando en líneas separadas los montos o
especies percibidos en cada oportunidad. Para aquellos retiros en exceso recibidos
en años anteriores, que para el año tributario a informar se han convertido en retiros
afectos, se deben informar con la fecha original de la recepción de éstos.
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