Declaración jurada sobre trusts - Núm. 66, Diciembre 2018 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 795290829

Declaración jurada sobre trusts

Páginas413-425
413
DECLARACIONES JURADAS
AÑO TRIBUTARIO 2019
DECLARACIÓN JURADA SOBRE TRUSTS
RESOLUCIÓN EX. SII Nº 46, de 18 de Mayo de 2018. (Parte Pertinente)
ESTABLECE OBLIGACIÓN DE PRESENTAR DECLARACIÓN JURADA ANUAL
SOBRE TRUSTS; FIJA FORMATO Y MECANISMO DE DECLARACIÓN; Y DEROGA
RESOLUCIÓN EX. SII N° 47 DE FECHA 19.05.2014.
SE RESUELVE:
1° Los contribuyentes que se señalan en el resolutivo N° 2 siguiente, deberán informar
anualmente al Servicio sobre los trusts creados conforme a las normas de derecho
extranjero y las variaciones de la información sobre dichas relaciones jurídicas que
haya sido proporcionada con anterioridad, utilizando para ello el formato de Formulario
y de acuerdo a las Instrucciones para la presentación de la Declaración Jurada Anual
sobre Trusts, conforme a los Anexos 1 y 2 de la presente Resolución.
2° La Declaración a que se reere el Resolutivo N° 1° anterior, deberá ser presentada
por los contribuyentes o entidades domiciliadas, residentes, establecidas o constituidas
en el país, sean o no sujetos del impuesto a la renta, que tengan o adquieran en el
año calendario correspondiente la calidad de:
i) Constituyente o settlor de un trust creado conforme a las disposiciones de derecho
extranjero.
ii) Beneciario de un trust creado conforme a las disposiciones de derecho extranjero.
Sin embargo, sólo estarán obligados a la presentación de la declaración aquellos
contribuyentes o entidades que se encuentren ejerciendo la calidad de beneciarios
conforme a los términos del trust o acuerdo y quiénes hayan tomado conocimiento
de dicha calidad, aun cuando no se encuentren gozando de los benecios por no
haberse cumplido el plazo, condición o modalidad jada en el acto o contrato. Se
entenderá que han tomado conocimiento de que son beneciarios aquellos que
ejecuten o celebren cualquier acto o contrato del cual se desprenda tal calidad, como
por ejemplo, haber concurrido al acto de constitución del trust, celebrar un contrato
de promesa cuyo objeto sean bienes incluidos en el trust, recibir cualquier benecio
del trust, y en general, cualquier acto o contrato que sólo haya podido ser ejecutado
sabiendo o debiendo saber su calidad de beneciario.
iii) Trustee o administrador de un trust creado conforme a las disposiciones de derecho
extranjero.
Asimismo, los contribuyentes o entidades señaladas deberán informar mediante la
Declaración a que se reere el resolutivo N° 1 anterior, los datos sobre la revocación o
el término de un trust en que hubieran tenido alguna de las calidades antes indicadas.
3° Para los nes de esta Resolución, el término “trust” comprende las relaciones
jurídicas a que se reeren los incisos tercero, cuarto y quinto del N° 2 de la letra
E del artículo 14 de la LIR, transcrito en el Considerando N° 3 de esta Resolución.

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