Declara la Palma Chilena como patrimonio natural de Chile
Fecha | 18 Agosto 2021 |
Número de Iniciativa | 14544-12 |
Fecha de registro | 18 Agosto 2021 |
Etapa | Primer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión Medio Ambiente y Recursos Naturales |
Autor de la iniciativa | Castro González, Juan Luis, Celis Montt, Andrés, Durán Espinoza, Jorge, Fuenzalida Figueroa, Gonzalo, González Torres, Rodrigo, Longton Herrera, Andrés, Morán Bahamondes, Camilo Andrés, Ossandón Irarrázabal, Ximena, Rey Martínez, Hugo, Romero Sáez, Leonidas |
Tipo de proyecto | Proyecto de ley |
Cámara Legislativa de Origen | Cámara de Diputados,Moción |
PROYECTO DE LEY QUE DECLARA A LA PALMA CHILENA COMO PATRIMONIO
NATURAL DE CHILE
Exposición de Motivos
1. La Convención para la Protección del Patrimonio Mundial,
Cultural y Natural fue suscrita en Paris, Francia, en noviembre de
1972 y hasta la fecha ha sido ratificada por casi 200 países del
mundo. Su objetivo fundamental es establecer un sistema de carácter
colectivo a nivel de comunidad internacional que permita proteger
los bienes que conforman el patrimonio cultural y natural de los
países suscriptores. Ello respecto de ciertos bienes del patrimonio
que presentan un interés excepcional que exige su conservación como
elementos del patrimonio de la humanidad entera.
2. Se trata, de esta forma, de reaccionar con un instrumento
normativo de carácter internacional que, respetando la soberanía de
los países suscriptores del acuerdo, complemente las regulaciones
existentes a escala nacional, entendiendo que estas últimas pueden
resultar insuficientes dada la magnitud de los medios y recursos que
se requieren para proteger dichos bienes atendidos los nuevos
peligros que los amenazan.
3. Cabe señalar que Chile ratificó la Convención mediante Decreto
Ley N°3.056 de 16 de enero de 1980, y la publicó mediante Decreto
N°259 del Ministerio de Relaciones Exteriores de ese mismo año. A
partir de ese momento surgen para nuestro país, así como para todos
los estados partes, una serie de obligaciones en relación con su
patrimonio, entre ellas:
-Asegurar la identificación, denominación, protección,
conservación y transmisión a futuras generaciones de la
18-08-2021
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