Decisión Nº C989-20 de Consejo de Transparencia de 02/06/2020
Juez | Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Marcelo Drago Aguirre (Unánime), Presidente,Gloria de la Fuente González (Unánime) |
Fecha | 02 Junio 2020 |
Número de sentencia | C989-20 |
DECISIÓN AMPARO ROL C989-20
Entidad pública: Subsecretaría del Interior
Requirente: Fernando Alfonso Cortes Castillo
Ingreso Consejo: 24.02.2020
RESUMEN
Se acoge el amparo deducido en contra de la Subsecretaría del Interior, ordenando la entrega de la respuesta sobre oficio N°3852 de fecha 09 de enero de 2019 enviado por el Servicio de Registro Civil e Identificación. Sin perjuicio de tener por cumplida la obligación de informar de la reclamada, aunque en forma extemporánea, con ocasión de la notificación de la presente decisión.
En sesión ordinaria N° 1102 del Consejo Directivo, celebrada el 2 de junio de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C989-20.
VISTO:Los artículos 5°, inciso 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:1) SOLICITUD DE ACCESO: El 24 de enero de 2020, don Fernando Alfonso Cortes Castillo en representación de doña Teodora Fernández Calle de Huanca, por Mandato Judicial, de fecha 19 de marzo de 2019, emitido por la 3° Notaria de Arica, de don Carlos Urbina Reszczynski solicitó a la Subsecretaría del Interior la siguiente información: "Solicito información al Departamento de Extranjería e Información del Ministerio del Interior, sobre oficio N°3852 de fecha 09-01-2019 enviado por el Servicio de...
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