Decisión Nº C9505-22 de Consejo de Transparencia de 27/12/2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 922729206

Decisión Nº C9505-22 de Consejo de Transparencia de 27/12/2022

JuezFrancisco Javier Leturia Infante (Unánime), Presidente,Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime)
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-24,Ley de Transparencia ART-33
Fecha27 Diciembre 2022
Número de sentenciaC9505-22

DECISIÓN AMPARO ROL C9505-22

Entidad pública: Hospital Clínico de Magallanes Dr. Lautaro Navarro Avaría.

Requirente: Daniela Saffie Budnik.

Ingreso Consejo: 27.09.2022.

RESUMEN

Se acoge el amparo interpuesto en contra del Hospital Clínico de Magallanes Dr. Lautaro Navarro Avaría, teniendo por extemporáneamente cumplida su obligación de informar a la requirente los datos estadísticos solicitados, relacionados con la aplicación del procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo (IVE) en las tres causales legales, entre los meses de enero de 2018 y agosto de 2022.

Lo anterior, por cuanto, si bien el órgano cumplió con su obligación de informar, la respuesta fue entregada por el órgano recurrido una vez vencido el plazo contemplado en el artículo 14 de la Ley de Transparencia para pronunciarse sobre una solicitud de acceso a la información pública, en el marco de la tramitación del presente amparo.

En virtud del principio de facilitación, contemplado en el artículo 11, letra f) de la Ley de Transparencia, se ordena remitir a la parte recurrente, copia de los antecedentes incorporados en el procedimiento por el Hospital reclamado, con oportunidad de los descargos.

En sesión ordinaria N° 1330 del Consejo Directivo, celebrada el 27 de diciembre de 2022, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C9505-22.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR