Decisión Nº C9092-21 de Consejo de Transparencia de 11/01/2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 897288999

Decisión Nº C9092-21 de Consejo de Transparencia de 11/01/2022

JuezFrancisco Javier Leturia Infante (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime),Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime)
Número de sentenciaC9092-21
Fecha11 Enero 2022
Normativa aplicadaReglamento de la Ley de Transparencia ART-46

DECISIÓN RECLAMO ROL C9092-21

Entidad pública: Municipalidad de Lo Prado.

Requirente: N. N.

Ingreso Consejo: 09.12.2021.

En sesión ordinaria N° 1244 del Consejo Directivo, celebrada el 11 de enero de 2022, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del reclamo por infracción a las normas de transparencia activa Rol C9092-21.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 9 de diciembre de 2021, una persona que solicitó reserva de identidad, en adelante, -N. N.-, dedujo reclamo por infracción a las normas de Transparencia Activa en contra de la Municipalidad de Lo Prado, fundado en que la información publicada en los ítems "Facultades, funciones y atribuciones de unidades internas", "Entidades en que el organismo tiene participación, representación e intervención", "Marco normativo aplicable", "Actos y resoluciones con efectos sobre terceros", "Actos y documentos publicados en el Diario Oficial", "Mecanismos de participación ciudadana", "Transferencias de fondos públicos", "Presupuesto asignado y su ejecución", "Programas de subsidios y otros beneficios (diseño, montos, criterios de acceso, beneficiarios)" se encuentra desactualizada.

2) Que, en el contexto del análisis de admisibilidad realizado al presente amparo, se advirtió que no existe claridad respecto de qué parte de la información en cada ítem se encuentra desactualizada. En razón de ello, y conforme a lo previsto en el artículo 46, inciso segundo, del Reglamento de la Ley de Transparencia, se dispuso, mediante oficio N° E26727 - 2021, de 27 de diciembre de 2021, solicitar a la parte recurrente subsanar la...

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