Decisión Nº C9020-22 de Consejo de Transparencia de 20/12/2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 922239208

Decisión Nº C9020-22 de Consejo de Transparencia de 20/12/2022

JuezFrancisco Javier Leturia Infante (Unánime), Presidente,Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime)
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-10,Ley de Transparencia ART-5,Constitución Política de la República ART-8
Fecha20 Diciembre 2022
Número de sentenciaC9020-22

DECISIÓN AMPARO ROL C9020-22

Entidad pública: Servicio Nacional de Aduanas

Requirente: Félix Hidalgo Romero

Ingreso Consejo: 15.09.2022

RESUMEN

Se acoge el amparo deducido en contra del Servicio Nacional de Aduanas, ordenando la entrega de información referida al seguro y flete consultados.

Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública, respecto de la cual no consta su remisión al solicitante, no fueron alegadas causales de secreto o reserva que ponderar en el procedimiento, ni circunstancias de hecho que justifiquen su denegación.

En sesión ordinaria N° 1328 del Consejo Directivo, celebrada el 20 de diciembre de 2022, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C9020-22.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 1° de septiembre de 2022, don Felix Hidalgo Romero solicitó al Servicio Nacional de Aduanas la siguiente información:

"Base de datos con información desde enero 2021 hasta agosto 2022 de comercio exterior para importación y exportación. Las columnas con datos solicitados son:

Sentido (Imp - Exp)

Año

Mes

Puerto Embarque (Imp-Exp)

Puerto Desembarque (Imp-Exp)

País Origen (Imp)

País de Adquisición (Imp)

País Destino (Exp)

Vía de Transporte

Monto (CIF - FOB)

Peso (kilos)

Tipo de Carga (F, R, G, L, etc.)

Tipo de operación (101, 102, 200, 201, etc.)

Flete Item

Seguro Item"

2) RESPUESTA: Mediante oficio Ord. N° 5618, de 15 de septiembre de 2022, el Servicio Nacional de Aduanas respondió a dicho requerimiento de información indicando que remite archivo con la información solicitada.

3) AMPARO: El 15 de...

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