Decisión Nº C8689-21 de Consejo de Transparencia de 01/02/2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 900864987

Decisión Nº C8689-21 de Consejo de Transparencia de 01/02/2022

JuezFrancisco Javier Leturia Infante (Unánime),Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime)
Número de sentenciaC8689-21
Fecha01 Febrero 2022
Normativa aplicadaConstitución Política de la República ART-4,Ley de Transparencia ART-11 LETRA H

DECISIÓN AMPARO ROL C8689-21

Entidad pública: Subsecretaría de Prevención del Delito

Requirente: Raúl Renato Osorio Fernández

Ingreso Consejo: 22.11.2021

RESUMEN

Se acoge el amparo deducido en contra de la Subsecretaría de Prevención del delito, ordenando la entrega de la información estadística y documental que indica.

Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública respecto de la cual no se alegaron causales de secreto o reserva ni circunstancias de hecho para ponderar.

En sesión ordinaria N° 1252 del Consejo Directivo, celebrada el 1 de febrero de 2022, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C8689-21.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 7 de octubre de 2021, don Raúl Renato Osorio Fernández solicitó a la Subsecretaría de Prevención del Delito la siguiente información:

"Información documental y estadística:

Reglamentos actualizados:

- Reglamento de Selección y Ascensos para Carabineros de Chile N° 8, como asimismo las Circulares y Órdenes Generales que modifiquen la última versión del citado Decreto.

- Reglamento de Disciplina para Carabineros de Chile N° 11, como asimismo las Circulares y Órdenes Generales que modifiquen la última versión del citado Decreto.

- Reglamento de Sumarios Administrativos para Carabineros de Chile N° 15, como asimismo las Circulares y Órdenes Generales que modifiquen la última versión del citado Decreto.

Documentación Orgánica relacionada con Derecho Administrativo Sancionatorio en Carabineros de Chile:

- Circulares, Órdenes Generales y/o Reglamentos que digan relación con la Orgánica y procedimientos del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR