Decisión Nº C8568-20 de Consejo de Transparencia de 09/03/2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 868039728

Decisión Nº C8568-20 de Consejo de Transparencia de 09/03/2021

JuezGloria de la Fuente González (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime),Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime)
Fecha09 Marzo 2021
Número de sentenciaC8568-20
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-24,Ley de Transparencia ART-33

DECISIÓN AMPARO ROL C8568-20

Entidad pública: Servicio Electoral

Requirente: Pedro Pablo Cubillos Ramdohr

Ingreso Consejo: 31.12.2020

RESUMEN

Se acoge el amparo deducido en contra del Servicio Electoral, ordenándose la entrega de los resultados de elecciones presidenciales, de diputados y de senadores, para el año 2013, con el detalle que se indica.

En sesión ordinaria N° 1163 del Consejo Directivo, celebrada el 9 de marzo de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C8568-20.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 7 de diciembre de 2020, don Pedro Pablo Cubillos Ramdohr solicitó al Servicio Electoral: "los resultados de elecciones presidenciales, de diputados y de senadores, para el año 2013". Luego, en las observaciones, agregó lo siguiente: "A diferencia de las bases disponibles en la página web, requiero de unas bases más completas con información sobre cuáles fueron las mesas fusionadas (nueva variable), además de información sobre el nombre de cada mesa. Esto último debido a que necesito hacer un match de mesas entre los años 2013 y 2017, y, dado que se crearon nuevas circunscripciones en 2015, necesito más información para hacer un correcto empalme de los datos. Si es necesario obtener la misma información (nombre de las mesas) en el 2017 para hacer el match, estaría agradecido que lo incluyan. Además, si creen que existe otra información adicional y útil para hacer el match de mesas para ambos años (2013 y 2017), estaría agradecido de que lo incluyan."

2) RESPUESTA: Mediante oficio ordinario N° 4077, de 31 de diciembre de 2020, el Servicio Electoral respondió a dicho requerimiento de información indicando que no es posible relacionar de manera exacta las mesas receptoras de sufragios (MRS) determinadas para una elección con otra, debido a las cambiantes condiciones en la conformación de electores entre períodos, que hacen que la identificación, tipo de fusión y cuantía de las mesas no resulten necesariamente igual que la terminación realizada en un proceso electoral anterior, por lo anterior, no es posible acceder al requerimiento.

3) AMPARO: El 31 de diciembre de 2020, don Pedro Pablo Cubillos Ramdohr dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en que la información entregada no corresponde a la solicitada. Además, el reclamante hizo presente que: "En términos generales, pedí la información de las votaciones presidenciales y parlamentarias para el año 2013 a nivel de mesa, incluyendo información sobre las mesas fusionadas y algún dato extra útil como el nombre del local de votación (sería lo ideal). Sin embargo, la respuesta fue...

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