Decisión Nº C8501-20 de Consejo de Transparencia de 15/04/2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 869834320

Decisión Nº C8501-20 de Consejo de Transparencia de 15/04/2021

JuezGloria de la Fuente González (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime),Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime)
Fecha15 Abril 2021
Número de sentenciaC8501-20
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-33,Ley de Transparencia ART-24

DECISIÓN AMPARO ROL C8501-20

Entidad pública: Municipalidad de Requínoa

Requirente: Héctor Brizuela Ponce

Ingreso Consejo: 29.12.2020

RESUMEN

Se acoge el amparo en contra de la Municipalidad de Requínoa, ordenándose la entrega de información sobre el estado de documentación que fuere entregada en el marco del concurso público que se señala, así como la indicación del motivo -en el caso que no fuere considerado- y la entrega de la misma.

Lo anterior, por cuanto sin perjuicio de acceder el organismo reclamado a la entrega de lo solicitado, los documentos de respuestas no fueron remitidos a la casilla electrónica del reclamante, no habiéndose esgrimido, además, causales de secreto o reserva que ponderar.

Asimismo, y en consideración a que, en aquella parte de la solicitud referida a los documentos entregados por el requirente en el marco del concurso que se indica, pueden figurar, presumiblemente, datos de carácter personal y sensibles del mismo, la entrega de esta parte del requerimiento se deberá realizar en conformidad a lo dispuesto en el numeral 4.3. de la Instrucción General N° 10 de este Consejo, esto es; presencial y previa acreditación de identidad, y en atención al estado de catástrofe declarado en el país, producto de la pandemia, así como las directrices otorgadas por el Oficio N° 000252 de fecha 20 de marzo de 2020, de esta Corporación, se recomienda al órgano reclamado que realice la entrega efectiva de lo solicitado al requirente o su apoderado, por un medio alternativo a la entrega personal en la oficina indicada.

En sesión ordinaria N° 1173 del Consejo Directivo, celebrada el 15 de abril de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C8501-20.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 26 de noviembre de 2020, don Héctor Brizuela Ponce solicitó a la Municipalidad de Requínoa, lo siguiente:

"estado en que se encuentra documentación entregada el día 17 de noviembre del presente año para el concurso público grado 13 planta administrativo departamento de finanzas. En caso de no ser considerado se solicita el motivo y devolución de documentación entregada".

Adicionalmente, solicitó informar fecha, hora y recinto para proceder al retiro presencial de documentos.

2) RESPUESTA: Por Ordinario N° 815 de fecha 14 de diciembre de 2020, la Municipalidad de Requínoa respondió el requerimiento de información y accedió a la entrega de información adjuntado Certificado N° 17 emitido por la Jefa de Recursos Humanos, mediante el cual informó la posibilidad de tener acceso a la solicitado mediante el enlace web que indica. Además, indicó que la documentación entregada para la...

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