Decisión Nº C8474-20 de Consejo de Transparencia de 02/03/2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 868760948

Decisión Nº C8474-20 de Consejo de Transparencia de 02/03/2021

JuezGloria de la Fuente González (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime),Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime)
Fecha02 Marzo 2021
Número de sentenciaC8474-20
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-5,Ley de Transparencia ART-10

DECISIÓN AMPARO ROL C8474-20

Entidad pública: Carabineros de Chile

Requirente: Catalina Gaete

Ingreso Consejo: 28.12.2020

RESUMEN

Se rechaza el amparo deducido en contra de Carabineros de Chile, referido a registro audiovisual de vehículo policial que indica.

Lo anterior, por inexistencia de la información solicitada.

En sesión ordinaria N° 1161 del Consejo Directivo, celebrada el 2 de marzo de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C8474-20.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 25 de noviembre de 2020, doña Catalina Gaete solicitó a Carabineros de Chile la siguiente información:

"Acceso y copia a los registros audiovisuales obtenidos por la(s) cámara(s) instalada(s) en el furgón policial patente Z-6742, entre las 00:00 del 2 de diciembre de 2019 y las 23:59 del 3 de diciembre de 2019.

Solicito adjuntar a esta solicitud un documento con información básica del registro audiovisual, incluyendo fecha, horas aproximadas, cantidad de videos y gigas. En caso de contener imágenes que deban ser reservadas por causa legal, como la protección de la propia imagen y la vida privada de las personas, se solicita que estas porciones o secciones sean difuminadas".

2)...

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