Decisión Nº C8391-20 de Consejo de Transparencia de 06/04/2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 868526472

Decisión Nº C8391-20 de Consejo de Transparencia de 06/04/2021

JuezFrancisco Javier Leturia Infante (Unánime),Gloria de la Fuente González (Ausente),Natalia González Bañados (Unánime),Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime)
Fecha06 Abril 2021
Número de sentenciaC8391-20
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-33,Ley de Transparencia ART-24

DECISIÓN AMPARO ROL C8391-20

Entidad pública: Hospital Regional de Coyhaique

Requirente: Macarena Bustamante Sinn

Ingreso Consejo: 23.12.2020

RESUMEN

Se acoge el amparo interpuesto en contra del Hospital Regional de Coyhaique, ordenándose la entrega de información sobre cada uno de los casos en los cuales se haya solicitado la interrupción voluntaria del embarazo, en virtud de la concurrencia de las 3 causales que la Ley N° 21.030 contempla, conforme a detalle que se indica.

Lo anterior, por tratarse de información puramente numérica, estadística y anonimizada, relativa a la Administración del Estado, la cual no permite identificar a personas determinadas, ni devela información sensible sobre su estado de salud. Asimismo, se desestimó la configuración de la causal de reserva de distracción indebida de las funciones del órgano reclamado.

En virtud del principio de divisibilidad, se deberán tarjar los datos personales y sensibles de contexto que pudieren estar contenidos en la información cuya entrega se ordena, en conformidad con lo dispuesto en la Ley sobre Protección de la Vida Privada, especialmente de aquellos antecedentes que permita la identificación de las pacientes involucradas.

No obstante, en el evento en que esta información o parte de ella no obre en poder del órgano, se deberá comunicar dicha circunstancia al reclamante y a este Consejo, indicando detalladamente las razones que lo justifiquen.

En sesión ordinaria N° 1170 del Consejo Directivo, celebrada el 6 de abril de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C8391-20.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 3 de noviembre de 2020, doña Macarena Bustamante Sinn solicitó al Hospital Regional de Coyhaique la siguiente información: "Información sobre cada uno de los casos de que han tenido conocimiento en su Hospital, en que se haya solicitado la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) en tres causales legales, entre los meses de septiembre del 2017 y octubre de 2020". Solicitó lo anterior con el detalle referido en los documentos Word y Excel que adjuntó al efecto, a saber;

"Si el caso es causal 1): a) Hospital en que la mujer inician los trámites; b) fecha en que la mujer inicia trámites para acogerse a la ley IVE; c) edad materna; d) edad gestacional al momento del diagnóstico; e) Diagnóstico de riesgo materno (ej. ruptura prematura de membrana, corioamniotitis, etc.); f) Si el diagnóstico implica una muerte inminente (es decir, la mujer puede morir en las siguientes 48 horas, de no interrumpirse el embarazo); g) Especialidad del doctor que acredita el riesgo para la vida de la madre; h) Si, luego de realizado el diagnóstico, el caso es derivado a otro hospital de mayor complejidad para realizar el procedimiento; i)Si la derivación es efectiva, indicar a qué hospital se realiza la derivación; j) Especificar si alguien del equipo de salud que interactúa con la paciente es objetor de conciencia respecto de esta causal; k) En el caso afirmativo de la letra j), especificar la profesión de los objetores (ej. médico, enfermero, TENS, etc.); l) En el caso afirmativo de la letra j), señalar alguna de las dos opciones: i) El personal objetor participa de la interrupción del embarazo; ii) El personal objetor no participa de la interrupción del embarazo (y en caso afirmativo, si es reemplazado o no); m)Si finalmente se realiza la interrupción del embarazo. En caso de haberse producido el aborto, responder las siguientes preguntas: n) La fecha de la interrupción; o) La edad gestacional al momento de la interrupción; p) Si se dieron las hipótesis de las letras a) y b) del art. 15 de la Ley 20.584, según las cuales no se necesita solicitar manifestación de la voluntad de la mujer; q) El método por el cual se realiza la interrupción del embarazo; r) Si se presentan complicaciones maternas con ocasión de la interrupción del embarazo; s) De haber complicaciones maternas con ocasión de la interrupción del embarazo, ¿cuáles serían?; t)Si producto de un aborto mal realizado, el feto sobrevive; u)Si la mujer acepta participar del programa de acompañamiento provisto por el hospital; v) De ser aceptado el acompañamiento, en qué momento del proceso se acepta (antes o después del aborto); w) De ser aceptado el acompañamiento provisto por el hospital, cuántas sesiones de acompañamiento se realizan; x) Indicar si, además del acompañamiento entregado por el hospital, recibe acompañamiento de alguna de las organizaciones de la sociedad civil inscritas para realizar tal labor; y) Si la mujer aceptó el acompañamiento de la organización externa, indicar el nombre de la organización.

Si el caso es de Causal 2): a) Hospital en que se inician los trámites; b) fecha en que se inician los trámites para acogerse a la ley IVE; c) Edad materna; d)Edad gestacional al momento de diagnóstico de inviabilidad; e)Detalle del diagnóstico de inviabilidad fetal (ej. anencefalia, agenesia renal, etc.); f)Especialidad del médico que acredita inviabilidad fetal; g)Si, luego de realizado el diagnóstico, el caso es derivado a otro hospital de mayor complejidad para realizar el procedimiento, indicando el nombre de este; h)Si la derivación es efectiva, indicar a qué hospital se realiza la derivación; i)Especificar si alguien del equipo de salud que interactúa con la paciente es objetor de conciencia respecto de esta causal; j)En el caso afirmativo de la letra i), especificar la profesión (ej. médico, enfermero, TENS, etc.); k) En el caso afirmativo de la letra i), señalar alguna de las dos opciones: i) el personal objetor participa de la interrupción del embarazo, ii) el personal objetor no participa de la interrupción del embarazo (y en caso afirmativo, si es reemplazado o no); l) Si finalmente se realiza la interrupción del embarazo. En caso de haberse producido aborto, responder las siguientes preguntas: m) Fecha en que se realiza la interrupción; n)Edad gestacional al momento de la interrupción; o)Si se dieron las hipótesis de las letras a) y b) del art. 15 de la Ley 20.584, según las cuales no se necesita solicitar manifestación de la voluntad de la mujer; p)Método mediante el cual se realiza la interrupción; q)Si luego de haberse realizado la interrupción se presentan complicaciones maternas; r)Si hubiese complicaciones maternas, ¿cuáles serían?; s)¿Sobrevivió el feto, producto de un aborto mal ejecutado?; t)Si se acepta el acompañamiento ofrecido; u)De ser aceptado el acompañamiento, en qué momento del proceso se acepta (antes o después del aborto); v)De ser aceptado el acompañamiento provisto por el hospital, cuántas sesiones se realizan; w)Indicar si, además del acompañamiento entregado por el hospital, recibe acompañamiento de alguna de las organizaciones de la sociedad civil inscritas para realizar tal labor; x)Si la mujer aceptó el acompañamiento de la organización externa, indicar el nombre de la organización.

Si el caso es de causal 3), indicar: a) Hospital en que se inician los trámites; b) Fecha en la que inicia trámites para acogerse a la ley IVE; c)Edad materna al momento de la solicitud de IVE; d)Edad gestacional al momento de constitución de la causal.; e)Si se verifica concurrencia de los hechos y coincidencia con la edad gestacional (si se ha verificado la coherencia existente entre el relato de la paciente y la edad gestacional); f) Cantidad de profesionales que realizan la verificación de la causal; g)Profesiones de los profesionales que realizan la verificación de la causal; h)Si, por ser la mujer menor de 14 años, se requiere la autorización del representante legal; i) Si, por negativa o...

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