Decisión Nº C8175-22 de Consejo de Transparencia de 29/11/2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 916856324

Decisión Nº C8175-22 de Consejo de Transparencia de 29/11/2022

Número de sentenciaC8175-22
Fecha29 Noviembre 2022

DECISIÓN AMPARO ROL C8175-22

Entidad pública: Municipalidad de San Ignacio.

Requirente: N. N.

Ingreso Consejo: 26.08.2022.

En sesión ordinaria N° 1324 del Consejo Directivo, celebrada el 29 de noviembre de 2022, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C8175-22.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 26 de agosto de 2022, una persona que solicitó reserva de su identidad, en adelante, N. N., dedujo amparo en contra de la Municipalidad de San Ignacio, fundado en la respuesta negativa a su solicitud de información, en relación la entrega de imágenes de cámara de seguridad de estacionamiento, y grabación de reunión de Concejo.

2) Que, de los antecedentes proporcionados por el reclamante, consta que la solicitud objeto de amparo ingresó a la Municipalidad de San Ignacio con fecha 16 de junio de 2022.

3) Que, con fecha 14 de julio de 2022, la Municipalidad de San Ignacio comunicó al reclamante, prórroga del plazo de respuesta, venciendo el nuevo plazo el 1 de agosto de 2022.

4) Que, con posterioridad, el órgano reclamado, entregó respuesta a la solicitud de información, con fecha 28 de julio de 2022.

Y CONSIDERANDO:

1) Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso primero del artículo 14 de la Ley de Transparencia, la autoridad o jefatura o jefe superior del órgano o servicio de la Administración del Estado requerido, deberá pronunciarse sobre la solicitud, sea entregando la información solicitada o negándose a ello, en un plazo máximo de veinte días hábiles, contado desde la recepción de la...

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