Decisión Nº C8111-20 de Consejo de Transparencia de 15/04/2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 869834307

Decisión Nº C8111-20 de Consejo de Transparencia de 15/04/2021

JuezFrancisco Javier Leturia Infante (Ausente),Natalia González Bañados (Inhabilitación),Gloria de la Fuente González (Unánime),Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime)
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-24,Ley de Transparencia ART-33
Número de sentenciaC8111-20
Fecha15 Abril 2021

DECISIÓN AMPARO ROL C8111-20

Entidad pública: Ministerio del Interior y Seguridad Pública

Requirente: Tomás González Fernández

Ingreso Consejo: 11.12.2020

RESUMEN

Se acoge el amparo interpuesto en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, ordenándose la entrega de las actas de las reuniones del "Consejo para la reforma a Carabineros" y la "Comisión para la reforma de Carabineros".

Lo anterior, por tratarse de antecedentes de naturaleza pública, advirtiéndose sobre la materia un interés público prevalente, que permite el control social sobre materias que representan un interés colectivo para la sociedad, como lo son las graves denuncias sobre violaciones de los derechos humanos y las graves alteraciones al orden público, con ocasión de la crisis social, y respecto del proceso de modernización de policías llevado a cabo por el Gobierno. Sobre este punto, esta Corporación estima que el enlace proporcionado por el órgano reclamado no permite satisfacer el requerimiento en los términos planteados; no esgrimiéndose la inexistencia de las actas consultadas, ni la concurrencia de causales de reserva o secreto que ponderar.

En virtud del Principio de Divisibilidad, se deberán tarjar los datos personales y sensibles de contexto, que allí se contengan, ello en conformidad con lo dispuesto en la Ley sobre Protección de la Vida Privada.

No obstante lo anterior, en el evento de que esta información o parte de ella no obre en poder del órgano, se deberá comunicar dicha circunstancia al reclamante y a este Consejo, indicando detalladamente las razones que lo justifiquen.

La Consejera doña Natalia González Bañados se abstuvo de intervenir y votar en el presente caso.

En sesión ordinaria N° 1173 del Consejo Directivo, celebrada el 15 de abril de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C8111-20.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 9 de octubre de 2020, don Tomás González Fernández solicitó al Ministerio del Interior y Seguridad Pública la siguiente información:

1.1) «Copia íntegra de las 16 actas de las reuniones del denominado "Consejo para la Reforma a Carabineros", que comenzó a sesionar el 9 de diciembre de 2019. Ref.: "El Consejo sesionó en 16 oportunidades, a partir del 09 de diciembre de 2019 y hasta el 31 de enero de 2020" (Informe final Consejo para Reforma Carabineros, Enero 2020)»; y

1.2) Copia íntegra de todas las actas de las reuniones de la denominado "Comisión para la Reforma de Carabineros de Chile", desde su primera reunión (16 de abril de 2020) hasta la última celebrada a la fecha (9 de octubre de 2020).

2) RESPUESTA: Mediante presentación, de fecha 1 de diciembre de 2020, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública respondió a dicho requerimiento de información, accediendo a su entrega. Al efecto, en conformidad de lo dispuesto en el artículo 15° de la Ley de Transparencia, indicó que la información se encuentra disponible en link que consignó .

3) AMPARO: El 11 de diciembre de 2020, don Tomás González Fernández dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en que la información proporcionada sería parcial. Al respecto, puntualizó que el enlace electrónico remitido contiene una mínima parte de la documentación peticionada: dos actas de la Comisión de Reforma a Carabineros, de las 16 disponibles. Asimismo, puntualizó que no...

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