Decisión Nº C7901-22 de Consejo de Transparencia de 04-07-2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 945487124

Decisión Nº C7901-22 de Consejo de Transparencia de 04-07-2023

Fecha04 Julio 2023
Número de sentencia C7901-22
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Unidad de Análisis de Fondo C7901-22
DECISIÓN AMPARO ROL C7901-22
Entidad pública: Universidad de
Santiago de Chile
Requirente: Asociación de
Funcionarios Académicos de la
Universidad de Santiago de Chile
Ingreso Consejo: 19.08.2022
RESUMEN
Se rechaza el amparo deducido en contra de la Universidad de Santiago de Chile, respecto
de los numerales 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9, y 11 de la solicitud, por cuanto excede la Ley de
Transparencia y lo pedido corresponde más bien al ejercicio del derecho de petición
consagrado en el artículo 19 N° 14 de la Constitución Política de la República.
Del mismo modo se rechaza el amparo respecto del numeral 4 del requerimiento, en
atención a que no se disponen de antecedentes que conduzcan a una conclusión contraria
de aquella sostenida por el órgano requerido, en orden a que no cuenta con la información
en los términos requeridos.
Asimismo, se rechaza el amparo con relación a lo pedido en el numeral 10 de la solicitud,
por relacionarse con un sumario administrativo que a la fecha de la solicitud formulada no
se encuentra afinado.
Finalmente, se rechaza el amparo el amparo deducido respecto de la entrega de correos
electrónicos pedidos en los numerales 1 y 12 del requerimiento, por cuanto la Ley de
Transparencia no tiene la especificidad ni la determinación que exige la Constitución
Política para restringir el derecho que protege las comunicaciones vía correos electrónicos,
pues no determina los casos ni las formas en que sería admisible la limitación de este
derecho fundamental garantizado por el artículo 19 N°5 de la Carta Fundamental, en
función de resguardar al máximo posible la intimidad y la vida privada de su titular. En
consecuencia, se configura la causal de reserva prescrita en el artículo 21 Nº 2 de la Ley de
Transparencia.
El Consejero don Bernardo Navarrete Yáñez se abstuvo de intervenir y votar en el presente
caso.
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En sesión ordinaria Nº 1368 del Consejo Directivo, celebrada el 29 de junio de 2023, con
arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a
la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia,
aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la
Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión
respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C7901-22.
VISTO:
Los artículos 5º, inciso 2º, 8º y 19 Nº 12 de la Constitución Política de la República; las
disposiciones aplicables de la ley Nº 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley
Nº 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de
los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley Nº
1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, orgánica constitucional sobre
bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos Nº 13, de 2009 y
Nº 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban,
respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley Nº 20.285, en adelante e
indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la
Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:
1) SOLICITUD DE ACCESO: El 14 de junio de 2022, la Asociación de Funcionarios
Académicos de la Universidad de Santiago de Chile formuló ante la Universidad de
Santiago de Chile, en adelante e indistintamente USACH, la siguiente solicitud de
información:
“A nombre de la Asociación de Funcionarios Académicos de Usach (ASOACAD) solicito nueva
información, en referencia a la presentación de la Candidata Sra. Diana Aurenque Stephan a la
elección de miembros de la Comisión Institucional de Género y Diversidad, realizada el 18 y 19
de mayo de 2022:

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