Decisión Nº C7692-22 de Consejo de Transparencia de 29/11/2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 916856160

Decisión Nº C7692-22 de Consejo de Transparencia de 29/11/2022

Número de sentenciaC7692-22
Fecha29 Noviembre 2022

DECISIÓN AMPARO ROL C7692-22

Entidad pública: Servicio de Registro Civil e Identificación

Requirente: Mauricio Bustos Macker

Ingreso Consejo: 16.08.2022

RESUMEN

Se rechaza el amparo deducido en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, referido a la entrega de un documento que indique si el Servicio durante el año 2021 recibió de parte de la Municipalidad de Quinta Normal algún correo electrónico asociado a la Persona Jurídica "Grupo Folklórico Peumayen", en los términos que se indica; atendida su inexistencia, y sin que se cuente con antecedentes que conduzcan a una conclusión contraria.

En sesión ordinaria N° 1324 del Consejo Directivo, celebrada el 29 de noviembre de 2022, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C7692-22.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 22 de julio de 2022, don Mauricio Bustos Macker solicitó al Servicio de Registro Civil e Identificación la siguiente información:

"Solicito documento que indique si el Registro Civil durante el año 2021, recibió de parte de la Ilustre Municipalidad de Quinta Normal algún correo electrónico dirigido a "rpjoficinapartes@registrocivil.gob.cl" y a "karagon@registrocivil.gob.cl" que estén asociados a la Persona Jurídica "Grupo Folklórico Peumayen" Personalidad Jurídica N° 188617 de la comuna de Quinta Normal, correspondientes al proceso de elección de la organización realizado con fecha 20 de agosto de 2021 y entregados en dicha Municipalidad con fecha 27 de agosto de 2021; necesito que el documento indique: en qué fecha fue o fueron enviados estos correos por la Municipalidad al Registro Civil; desde que dirección de correo electrónico proviene la solicitud; en qué fecha fueron recibidos por el registro civil y si fue acogida o rechazada la solicitud de actualización del directorio de dicha organización por parte del Registro Civil." Énfasis agregado.

Observaciones: "Solamente necesito un documento que me indique si efectivamente la Municipalidad envió dicho correo solicitando la actualización de la directiva con motivo de haber realizado una elección y en qué fecha fue enviado ese correo a la casilla del Registro Civil. No necesito ningún dato personal, los cuales pueden ser omitidos (...).Si es posible, idealmente adjuntar los...

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