Decisión Nº C7668-19 de Consejo de Transparencia de 23/06/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 847142565

Decisión Nº C7668-19 de Consejo de Transparencia de 23/06/2020

JuezJorge Jaraquemada Roblero (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Marcelo Drago Aguirre (Unánime), Presidente,Francisco Javier Leturia Infante (Unánime)
Número de sentenciaC7668-19
Fecha23 Junio 2020
Normativa aplicadaLey 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada ART-9,Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada ART-7,Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada ART-20,Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada ART-4,Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada ART-2

DECISIÓN AMPARO ROL C7668-19

Entidad pública: Municipalidad de Peñalolén

Requirente: Marcela Guerra Salfate

Ingreso Consejo: 13.11.2019

RESUMEN

Se rechaza el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Peñalolén, referido a documentos fundantes de calificaciones en el período que consulta, respecto de desempeño como Juez de Policía Local, las cuales son enviadas por el órgano reclamado a la Corte de Apelaciones de Santiago.

1) Lo anterior, toda vez que el órgano reclamado entregó toda la información que sobre lo consultado obraba en su poder.

2) Aplica precedente de la decisión de amparo rol C7740-19, entre las mismas partes y materia.

En sesión ordinaria N° 1108 del Consejo Directivo, celebrada el 23 de junio de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C7668-19.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 6 de octubre de 2019, doña Marcela Guerra Salfate solicitó a la Municipalidad de Peñalolén la siguiente información: "Copia de todos los documentos fundantes de las calificaciones propuestas y de las calificaciones propiamente tales, que hayan sido enviadas por la Municipalidad de Peñalolén a la Corte de Apelaciones de Santiago, respecto de mi desempeño como...

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