Decisión Nº C7621-19 de Consejo de Transparencia de 02/06/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 847255396

Decisión Nº C7621-19 de Consejo de Transparencia de 02/06/2020

JuezGloria de la Fuente González (Unánime),Marcelo Drago Aguirre (Unánime), Presidente,Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime)
Número de sentenciaC7621-19
Fecha02 Junio 2020
Normativa aplicadaConstitución Política de la República ART-8 INCISO 2,Ley de Transparencia ART-10,Ley de Transparencia ART-5 INCISO 2,Ley de Transparencia ART-21

DECISIÓN AMPARO ROL C7621-19

Entidad pública: Municipalidad de Hualañé.

Requirente: René Santelices Venegas.

Ingreso Consejo: 11.11.2019

RESUMEN

Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Hualañé, ordenando la entrega de copia de la Liquidación Única o Unilateral de los trabajos realizados y saldos pendientes de pago, o en su defecto, una vez efectuada una búsqueda exhaustiva, señalar expresa y fundadamente, si alguno de dichos antecedentes no existiera o no obrara en su poder, con los detalles que justifiquen su inexistencia.

Lo anterior, por tratarse de información que obraría en poder del municipio, toda vez que el órgano nada dijo respecto de dichos documentos, ni en su respuesta ni en sus descargos.

En sesión ordinaria N° 1102 del Consejo Directivo, celebrada el 2 de junio de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante e indistintamente, el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información rol C7621-19.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 3 de octubre de 2019, don René Santelices Venegas requirió a la Municipalidad de Hualañé, en relación con el contrato de obra para la construcción de 11 entornos de urbanización II Etapa grupo habitacional del asentamiento El Porvenir, y la liquidación única o unilateral del mismo, la siguiente información:

a) "Copia de informe técnico, para liquidar dicho contrato.

b) Liquidación Única o Unilateral de los trabajos realizados y saldos pendientes de pago.

c) Contrato de ejecución de obras.

d) Decreto Alcaldicio N° 149 del 02 febrero 2007.

e) Acta de concejo N° 35 del 10 septiembre del 2008.

f) Convenio del 31 julio 2006 suscrito entre el SERVIU región del Maule y la Municipalidad de Hualañé para los loteos de santa rosa y pantanal del sector el porvenir de Hualañé.

g) Resolución exenta N° 1391 de fecha 10 agosto 2006 donde se aprueba convenio.

h) Oficios del Serviu región del...

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