Decisión Nº C7461-19 de Consejo de Transparencia de 23/06/2020
Juez | Gloria de la Fuente González (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime),Marcelo Drago Aguirre (Unánime), Presidente |
Normativa aplicada | Constitución Política de la República ART-8 INCISO 2,Ley de Transparencia ART-21 N°5,Ley de Transparencia ART-21 N°1,Justicia Militar ART-436 N°1 |
Número de sentencia | C7461-19 |
Fecha | 23 Junio 2020 |
DECISIÓN AMPARO ROL C7461-19
Entidad pública: Ejército de Chile
Requirente: Jorge Delgado Gunckel
Ingreso Consejo: 31.10.2019
RESUMEN
Se rechaza el amparo deducido en contra del Ejército de Chile, relativo a la entrega de la cantidad de oficiales del grado de Mayor calificados en las listas consultadas.
Lo anterior, por cuanto la información en la forma que ha sido requerida puede servir de insumo para determinar la formación actual de un estamento de la dotación de oficiales del Ejército de Chile, razón por la cual constituyen antecedentes que deben reservarse de conformidad a la Ley de Transparencia, en relación al artículo 436 N° 1 del Código de Justicia Militar, toda vez que produce una afectación presente o probable y con suficiente especificidad sobre la seguridad nacional y la defensa del país.
En sesión ordinaria N° 1108 del Consejo Directivo, celebrada el 23 de junio de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C7461-19.
VISTOS:Los artículos 5°, inciso 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:1) SOLICITUD DE ACCESO: Con fecha 18 de octubre de 2019, don Jorge Delgado Gunckel solicitó al Ejército de Chile, la siguiente información:
a) Cantidad de Oficiales del grado de Mayor en Lista N° 1 "Muy Bueno", que no fueron incluidos en la Lista Anual de Retiro año 2019.
b) Cantidad de Oficiales del grado de Mayor en Lista N° 1 "Muy Bueno", que fueron incluidos en la Lista Anual de Retiro año 2019.
c) Cantidad de Oficiales del grado de Mayor en Lista N° 2 "Normal" que no fueron incluidos en la Lista Anual de Retiro año 2019.
d) Cantidad de Oficiales del grado de Mayor en Lista N° 3 "Condicional" que no fueron incluidos en la Lista Anual de Retiro año 2019.
e) Cantidad alumnos de la Academia de Guerra del Ejército de Chile, que se presentaron en Lista N° 2 "Normal", y se les modificó su Lista de presentación a Lista N° 1 "Muy bueno".
f) Cantidad alumnos de la Academia Politécnica Militar del Ejército de Chile, que se presentaron en Lista N° 2 "Normal", y se les modificó su Lista de presentación a Lista N° 1 "Muy bueno".
g) Cantidad de Oficiales del grado de Mayor, calificados en Lista N° 2 "Normal" que no fueron pasados al Escalafón de Complemento.
h) Cantidad de Oficiales del grado de Mayor, calificados en Lista N° 1 "Muy Bueno" que no fueron pasados al Escalafón de Complemento.
2) RESPUESTA: El Ejército de Chile respondió a dicho requerimiento de información mediante oficio JEMGE DETLE (P) N° 6800/11627, de fecha 29 de octubre de 2019, señalando, en síntesis, que deniega la información pedida por concurrir las causales de reserva previstas en el artículo 21 N° 1 letra b), N° 3, N° 4 y...
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